
CIRCULARES

ATENCIÓN AL PÚBLICO DURANTE FERIADO NACIONAL 09 DE OCTUBRE 2024
Extracto: Comunica que el día de descanso obligatorio correspondiente al 09 de octubre (Independencia de Guayaquil), se traslada al viernes 11 de octubre de 2024, por lo que las entidades financieras, deberán obligatoriamente prestar los servicios bancarios ininterrumpidamente a través de cajeros automáticos y canales electrónicos; y, en caso de brindar atención en oficinas, informar sobre el particular al público y ente de control.
Número: Circular No. SB-IG-2024-0058-C
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 09/10/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
SERVICIOS DEL BCE DURANTE FERIADO NACIONAL POR INDEPENDENCIA DE GUAYAQUIL
Extracto: Comunica a las entidades financieras que durante el feriado nacional correspondiente al 09 de octubre de 2024, que se traslada al 11 de octubre de 2024 (Feriado Nacional por Independencia de Guayaquil), los cambios operativos en los servicios del BCE se realizarán de la siguiente manera: a) En los servicios de SPI, SCI y SRP, se receptarán archivos para procesamiento diferido; b) En los servicios de SPL, CCE y TPL, no habrá atención; y, c) En la Cámara de Compensación de Cheques, el 10 de octubre de 2024, las entidades deberán realizar la carga de archivos de intercambio preliminar correspondiente al 14 de octubre de 2024, y los cheques depositados el 11 de octubre de 2024, deberán ser ingresados en la Cámara Preliminar correspondiente al 15 de octubre de 2024.
Número: Circular No. BCE-GMPSN-2024-020-C
Proponente:
Emisor: Banco Central del Ecuador
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 07/10/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
CUMPLIMIENTO ARTS. 215, 216 Y 217 (PROHIBICIÓN DE OPERACIÓN CON VINCULADOS) DEL CÓDIGO ORGÁNICO MONETARIO Y FINANCIERO
Extracto: Dispone que hasta el 31 de octubre de 2024, las entidades financieras remitan el Manual de políticas, procesos, procedimientos y controles en los cuales se contemplen las acciones para prevenir la instrumentación de operaciones vinculadas (arts. 215, 216 y 217 del Código Orgánico Monetario y Financiero), así como el acta de Directorio en la que dicho Manual fue aprobado y la frecuencia con la que la administración del banco realiza la verificación del cumplimiento de los artículos antes señalados, debiendo proporcionar evidencia de la validación efectuada con corte al 31 de agosto de 2024.
Número: Circular No. SB-IG-2024-0057-C
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 26/09/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
CONTINUIDAD DE SERVICIOS FINANCIEROS ANTCONTECIMIENTOS SUSCITADOS EN LA CIUDAD DE QUITO (INCENDIOS FORESTALES)
Extracto: En atención al Comunicado emitido por el Ministerio de Trabajo y el COE Nacional, respecto a la emergencia que sufre la ciudad de Quito por los incendios forestales y la mala calidad de aire, dispone a las entidades financieras garantizar la prestación continua de sus servicios el 25 de septiembre de 2024, incluyendo el uso de los canales establecidos, como cajeros automáticos y medios electrónicos, garantizando que dichos servicios estén disponibles de manera ininterrumpida; así como, comunicar de manera oportuna a los usuarios y Superintendencia de Bancos los horarios de atención.
Número: Circular No. SB-IG-2024-0056-C
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 25/09/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
CONTINUIDAD DE SERVICIOS FINANCIEROS ANTE MEDIDAS PARA MANTENER EL CONTROL DEL SISTEMA ELÉCTRICO NACIONAL
Extracto: En atención al comunicado emitido por Presidencia respecto a que, a partir del 23 hasta el 26 de septiembre de 2024, el servicio eléctrico se suspenderá en todo el país desde las 22:00 hasta las 6:00 del día siguiente, dispone a los Bancos, entre otras cosas, garantizar el funcionamiento de ciertos canales de atención de forma ininterrumpida mientras dure la suspensión del servicio eléctrico. Adicionalmente, mediante Circular No. SB-IG-2024-0055-C indica que dadas las posibles intermitencias en los proveedores de servicios de telecomunicaciones y en caso de suscitarse inconvenientes en la operatividad de los canales de atención, se deberá comunicar a los usuarios financieros, así como a la Superintendencia de Bancos de forma inmediata sobre dicho particular.
Número: Circulares No. SB-INRE-2024-0015-C, No. SB-IG-2024-0054-C y No. SB-IG-2024-0055-C
Proponente:
Emisor: SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 17/09/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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