
CIRCULARES

CUMPLIMIENTO DE LA NORMA DE CONTROL EN MATERIA DE PREVENCIÓN DEL LA/FT/FPADM A LOS MIEMBROS DEL DIRECTORIO
Extracto: La Superintendencia de Bancos dispuso a los miembros de los directorios de las entidades financieras que cumplan a cabalidad con las disposiciones establecidas en la Norma de Control para la Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (ARLAFDT). Esto en virtud de que, como parte de la nueva administración, uno de los principales objetivos es fortalecer la supervisión y el control en la gestión del Riesgo de LA/FT/FPADM. Adicionalmente, recordó a las entidades financieras que la Superintendencia de Bancos tiene la responsabilidad de verificar el cumplimiento de la antedicha norma y, en caso de incumplimientos, se tomarán las medidas pertinentes para garantizar el cumplimiento de la Ley.
Número: Circular No. SB-IG-2025-0010-C
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 25/03/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
INVENTARIO DE MODELOS DE RIESGO
Extracto: La Superintendencia de Bancos, en virtud de lo dispuesto en la Norma de Control para la Gestión Integral y Administración de Riesgos, dispuso a las entidades financieras que hasta el 15 de abril de 2025 remitan el Inventario de Modelos de Riesgo, el cual deberá contener el registro de todos los modelos utilizados en la gestión de la administración integral de riesgos. Adicionalmente, posterior a la entrega, dicho Inventario deberá encontrarse permanentemente actualizado y presentado al organismo de control, con periodicidad anual hasta el 31 de enero, con la información disponible al cierre del segundo semestre del año inmediato anterior.
Número: Circular No. SB-IG-2025-0009-C
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 25/03/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
PUBLICACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS 2024
Extracto: La Superintendencia de Bancos dispuso a las entidades financieras que la publicación de los estados financieros correspondientes al año 2024 deberá ser comparativa con la información del cierre del año inmediato anterior. Asimismo, indicó que la publicación no deberá contener ningún tipo de publicidad o propaganda y, hasta el 30 de abril de 2025, se deberá remitir a la Superintendencia un ejemplar de dicha publicación.
Número: Circular No. SB-IG-2025-0008-C
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 24/03/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
REQUERIMIENTOS DEL IESS SOBRE PAGOS DE PENSIONES JUBILARES Y BENEFICIARIOS
Extracto: La Superintendencia de Bancos dispuso a las entidades financieras que hasta el 16 de abril de 2025 (término de 30 días), generen y socialicen un procedimiento interno en el cual, posterior a la verificación de los requisitos de rigor, deberá permitir al Banco dar atención y respuesta en un término máximo de 15 días a los requerimientos del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) sobre los pagos de pensiones jubilares y beneficiarios de montepío considerados como indebidos. Lo indicado debido a que, el IESS comunicó a la Superintendencia que se han registrado acreditaciones indebidas a los beneficiarios del seguro de pensiones debido a causas como la inscripción tardía de defunciones y el deceso del derechohabiente en días posteriores a la acreditación de nómina.
Número: Circular No. SB-IG-2025-0006-C
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 05/03/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
SERVICIOS DEL BCE DURANTE FERIADO NACIONAL DE 03 Y 04 DE MARZO DE 2025 (CARNAVAL)
Extracto: Comunica a las entidades financieras que, durante el feriado nacional de 03 y 04 de marzo de 2025 (Carnaval), los cambios operativos se realizarán de la siguiente manera: a) SPI, SCI y SRP se receptarán archivos para procesamiento diferido; b) SPL, CCE y TPL, no habrá atención; c) La Cámara de Compensación de Cheques no operará por lo que la liquidación del 28 de febrero de 2025 se ejecutará el 05 de marzo de 2025; y, d) No se atenderá depósitos y retiros de especies monetarias en las instalaciones del BCE.
Número: Circular No. BCE-GMPSN-2025-003-C
Proponente:
Emisor: Banco Central del Ecuador
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 25/02/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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