
RESOLUCIONES

REFORMA LA NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO DE ACCESO A LAS FUENTES DE INFORMACIÓN INCORPORADAS AL SERVICIO NACIONAL DE REGISTROS PÚBLICOS
Extracto: La Dirección Nacional de Registros Públicos (DINARP) reformó la norma que regula el Procedimiento de acceso a las fuentes de información incorporadas al Sistema Nacional de Registros Públicos (SINARP). Al respecto, entre otras disposiciones: 1. Incorporó la obligatoriedad de que las entidades privadas cuenten con un Sistema de Gestión de Seguridad de la Información (SGSI), para lo cual podrán tomar en consideración las disposiciones establecidas en normas ISO, NIST o equivalentes, dicho sistema deberá incluir políticas de seguridad de la información, garantizar la trazabilidad de los datos consumidos y mantener evidencia documentada de su cumplimiento, en concordancia con el manual que emita para el efecto la DINARP; y, 2. Determinó que se pondrá a disposición la plataforma de acceso y uso al servicio de interoperabilidad para las entidades del sector privado, siempre que estas reúnan las condiciones técnicas y de seguridad necesarias y una vez que la DINARP cuente con el mecanismo e infraestructura tecnológica para el efecto. La Resolución entró en vigencia a partir de su suscripción
Número: Resolución No. 003-NG-DINARP-2025
Proponente:
Emisor: Dirección Nacional de Registros Públicos
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 21
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 17/03/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 16/04/2025
REFORMA LA NORMA PARA EL FORTALECIMIENTO DE COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO Y ASOCIACIONES MUTUALISTAS DE AHORRO Y CRÉDITO PARA LA VIVIENDA
Extracto: La Junta de Política y Regulación Financiera reformó la Norma para el Fortalecimiento de Cooperativas de Ahorro y Crédito y Asociaciones Mutualistas de Ahorro y Crédito para la Vivienda, al respecto se destacan los siguientes cambios: a. Sobre las cooperativas de ahorro y crédito, en cuanto al porcentaje del 3% de los montos de crédito que se destinan al Fondo Irrepartible de Reserva Legal, se agrega que en el caso de operaciones novadas que contemplen desembolso de recursos adicionales con relación al saldo de la operación que se nova, el porcentaje de aportación al Fondo será aplicado únicamente sobre dichos recursos adicionales. En cuanto a las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, se aclara que el porcentaje de aporte al Fondo Irrepartible de Reserva Legal no se aplicará en operaciones reestructuradas o refinanciadas. Asimismo, indica que en el caso de operaciones novadas concedidas a sus socios que contemplen desembolso de recursos adicionales con relación al saldo de la operación que se nova, el porcentaje será aplicado únicamente sobre dichos recursos adicionales.
Número: Resolución No. JPRF-F-2025-0140
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 24/02/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 14/03/2025
NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN-ISO 10010 – GESTIÓN DE LA CALIDAD – ORIENTACIÓN PARA COMPRENDER Y MEJORAR LA CULTURA DE LA CALIDAD EN LA ORGANIZACIÓN
Extracto: El Ministerio De Producción, Comercio Exterior, Inversiones Y Pesca (MPCEIP), aprobó y oficializó con carácter de voluntaria la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO 10010, Gestión de la calidad – Orientación para comprender, evaluar y mejorar la cultura de la calidad en la organización (ISO 10010:2022, IDT), que proporciona orientación sobre la evaluación, el desarrollo y la mejora de la cultura de la calidad en la empresa para optimizar y lograr el éxito sostenido. Este documento tiene en cuenta los conceptos fundamentales y los principios de gestión de la calidad, con un enfoque específico en el compromiso de las personas y el liderazgo.
Número: Resolución No. MPCEIP-SC-2025-0046-R
Proponente:
Emisor: Ministerio de Producción, Comercio Exterior, Inversiones y Pesca
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
REFORMA LA NORMA DE CALIFICACIÓN DE ACTIVOS DE RIESGO Y CONSTITUCIÓN DE PROVISIONES
Extracto: La Junta de Política y Regulación Financiera, reformó la Norma de Calificación de activos de riesgo y constitución de provisiones. Respecto a la cobertura de la calificación para crédito productivo, mantiene que las entidades de los sectores financiero público y privado, tienen la facultad de calificar a los deudores de crédito productivo cuyo monto no exceda USD 40.000,00, con los modelos internos de seguimiento previstos en el numeral 1.1.4 "Metodologías y/o sistemas internos de calificación del crédito productivo", o únicamente por morosidad en el pago de las cuotas pactadas; y, en cuanto a la cobertura para la calificación de microcrédito, se mantiene que la calificación cubrirá la totalidad de las operaciones de microcrédito concedidas por la entidad de los sectores financiero público y privado, según los criterios antes señalados y con base en la morosidad en el pago de las cuotas pactadas, manteniendo los parámetros establecidos en la tabla. La Resolución entró en vigencia a partir de su suscripción, esto es 24 de febrero de 2025.
Número: Resolución No. JPRF-F-2025-0139
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
PRESENTACIÓN DE REPORTES A LA UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO DE LOS REGISTRADORES DE LA PROPIEDAD Y MERCANTILES
Extracto: La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE), reformó la Resolución No. UAF-DG-2011-0062 (25/08/2011) a través de la cual, notificó a los registradores de la propiedad y mercantiles a nivel nacional, la obligación de presentar reportes a la UAFE. Al respecto, elimina las siguientes obligaciones: a. La no existencia de operaciones o transacciones económicas inusuales e injustificadas; y, b. Reporte de tentativas de operaciones y transacciones económicas inusuales e injustificadas, siempre y cuando los registradores de la propiedad y mercantiles tuvieren una constancia material del intento del hecho. Adicionalmente, inactiva por única ocasión la totalidad de los códigos de registro de los registradores de la propiedad y mercantiles y, conmina al mismo sector, a gestionar hasta el 09 de mayo de 2025 (plazo de 60 días) ante la UAFE. La Resolución entró en vigencia a partir de su suscripción, esto es 10 de marzo de 2025.
Número: Resolución No. UAFE - DG - 2025 -0005
Proponente:
Emisor: Unidad de Análisis Financiero y Económico
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 10/03/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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