
COMPENDIO

Decreto Ejecutivo No. 311: Renovación de Estado de Excepción
Extracto: El Presidente de la República renovó por treinta días adicionales la declaratoria de estado de excepción dispuesta previamente mediante Decreto Ejecutivo No. 277, extendiendo su vigencia hasta el 01 de abril de 2026. La medida mantiene la suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio y de correspondencia en las provincias de Guayas, Manabí, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, Pichincha, Esmeraldas, Santo Domingo de los Tsáchilas y Sucumbíos, así como en los cantones La Maná (Cotopaxi) y Las Naves y Echeandía (Bolívar). El Decreto entró en vigencia desde su suscripción, esto es, el 28 de febrero de 2026.
Número: Decreto Ejecutivo No. 311
Proponente: N/A
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: Sexto Suplemento No. 236
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 28/02/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 04/03/2026
Decreto Ejecutivo No. 316: Reforma al Reglamento de Viviendas de Interés Social e Interés Público
Extracto: El Presidente de la República reformó el Reglamento de Viviendas de Interés Social e Interés Público, ampliando el plazo máximo de 25 a 30 años para créditos hipotecarios con tasa de interés preferencial para viviendas de los segmentos 2 y 3, correspondientes a inmuebles de hasta 102 SBU (USD 49.164 en 2026) y 178 SBU (USD 85.796 en 2026), respectivamente. Adicionalmente, dispone a la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria efectuar, en el término de quince días (hasta el 25 de marzo de 2026), las reformas a la normativa secundaria necesarias para adecuar las condiciones de acceso a estos créditos. El Decreto entró en vigencia con su publicación en el Registro Oficial.
Número: Decreto Ejecutivo No. 316
Proponente: N/A
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: Sexto Suplemento Registro Oficial No. 236
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 04/03/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 04/03/2026
Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000009: Reforma a los porcentajes de retención en la fuente del Impuesto a la Renta
Extracto: Reforma los porcentajes de retención en la fuente del impuesto a la renta para diferentes tipos de transacciones. Incrementa el porcentaje de retención del 1% al 2% sobre intereses y comisiones en operaciones de crédito y rendimientos financieros entre entidades controladas por la Superintendencia de Bancos y la SEPS. De igual manera, se incrementa el porcentaje del 2% al 3% sobre intereses y demás rendimientos financieros en general, incluidos los reconocidos por entidades del sector público; y se establece una retención general del 3% para pagos no contemplados en porcentajes específicos (antes 2%). Excluye de la retención a los consumos con tarjetas de débito realizados a través de agregadoras de pago y mercados en línea, eliminándose la excepción previa aplicable también a tarjetas de crédito. Permite emitir comprobantes hasta el 31 de marzo de 2026 para operaciones realizadas entre el 1 y 15 de marzo, cuando se requieran adaptar sistemas para la emisión de comprobantes. La Resolución será aplicable desde el 1 de marzo de 2026 y entrará en vigencia con su publicación en el Registro Oficial, lo cual no ha ocurrido hasta el cierre del presente boletín.
Número: Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000009
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial: Cuarto Suplemento Registro Oficial No. 233
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 27/02/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 27/02/2026
Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización
Extracto: El Presidente de la República sancionó el proyecto de Ley Económico Urgente aprobado por la Asamblea el pasado 21 de febrero de 2026, ordenando su publicación en el Registro Oficial para la inmediata entrada en vigencia de la Ley. La misma que establece como regla que los Gobiernos Autónomos Descentralizados deberán destinar al menos el 70% de su presupuesto institucional anual codificado de egresos no financieros a gasto no permanente orientado a inversión, mantenimiento y reposición de infraestructura, bienes y activos públicos que soportan la prestación de servicios públicos. El cumplimiento de esta condición es requisito para acceder al 21% de los ingresos permanentes y al 10% de los ingresos no permanentes del Presupuesto General del Estado, caso contrario, las transferencias no podrán exceder los límites de 15% de ingresos permanentes y de un monto no inferior al 5% de los no permanentes, establecidos en el artículo 271 de la Constitución. La Ley entró en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial.
Número: N/A
Proponente:
Emisor: Asamblea Nacional
Número de Registro Oficial: Sexto Suplemento Registro Oficial No. 2
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 23/02/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 23/02/2026
Acuerdo Ministerial No. MDT-2026-027: Creación del Acuerdo Democrático Nacional por la Dignidad y el Empleo
Extracto: Mediante Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2026-027, el Ministerio del Trabajo dispuso la creación del “Acuerdo Democrático Nacional por la Dignidad y el Empleo”, concebido como un espacio institucional de diálogo orientado a promover la formalización laboral y fortalecer las condiciones laborales en el país. El Acuerdo prevé la generación de mesas de diálogo estructuradas en ejes integrales, cuya finalidad será formular propuestas de corto, mediano y largo plazo para incentivar el empleo formal, las cuales podrán ser consensuadas en el seno del Consejo Nacional de Trabajo y Salario. La norma entró en vigencia desde su suscripción, el 10 de enero de 2026.
Número: Acuerdo Ministerial No. MDT-2026-027
Proponente:
Emisor: Ministerio del Trabajo
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 232
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 10/02/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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