
COMPENDIO

Ley Orgánica del Deporte, la Educación Física y la Recreación
Extracto: Crea y regula las Sociedades Anónimas Deportivas (SAD), estas estarán sujetas al control de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, y se someterán a las disposiciones de la Ley de Compañías: La Ley impone obligaciones específicas en materia de prevención de lavado de activos, incluyendo la implementación de políticas internas, reporte de operaciones sospechosas y colaboración con autoridades, e incorpora como sujetos obligados no financieros a los clubes de fútbol profesional (Serie A y B). En cuanto a pronósticos deportivos, define sus actividades y aclara que se regirán por la normativa que expida el ente rector del deporte, así como que exige a los operadores de pronósticos deportivos contar con la identificación y trazabilidad de los participantes y prohíbe mantener vínculos con organizaciones deportivas. La Ley entró en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial.
Número: N/A
Proponente:
Emisor: Asamblea Nacional del Ecuador
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 11/02/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 11/02/2026
Resolución No. SB-2026-0447: Reforma a la norma de Gestión Integral y Administración de Riesgos
Extracto: Formaliza la adopción obligatoria del modelo de tres líneas y consolidando el Marco de Apetito de Riesgo como eje central del sistema de gestión de riesgos. Desde una perspectiva operativa, la reforma exige la implementación y alineación del Marco y la Declaración de Apetito de Riesgo con la estrategia institucional, la adecuación de metodologías y modelos de identificación, medición y monitoreo de riesgos financieros y no financieros, la ejecución periódica y documentada de pruebas de estrés y ejercicios de backtesting con un plazo de implementación estas disposiciones hasta el 07 de noviembre de 2026 (9 meses). La Resolución entró en vigencia desde su suscripción, esto es, 06 de febrero de 2026.
Número: Resolución No. SB-2026-0447
Proponente: N/A
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 06/02/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Resolución No. SB-2026-0437: Reforma a la norma de Administración del Riego de Liquidez
Extracto: Modifica el marco de funciones del Directorio y del Comité de Administración Integral de Riesgos (CAIR); y, crea el Comité de Activos y Pasivos (ALCO) que estará dirigido por el Gerente General del Banco. La reforma, entre otras, exige la adecuación de modelos y metodologías de medición del riesgo de liquidez en escenarios normales y de estrés, el fortalecimiento de sistemas de información gerencial para el monitoreo permanente de indicadores regulatorios e internos, y la actualización de manuales y procedimientos. Las entidades deberán implementar estas disposiciones hasta el 07 de julio de 2026 (5 meses). La Resolución entró en vigencia desde su suscripción, esto es, 06 de febrero de 2026.
Número: Resolución No. SB-2026-0437
Proponente: N/A
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 06/02/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Boletín informativo de auditorías anuales No. BLT-SPDP-ICS-2025-0002: auditorías al sector financiero
Extracto: En concordancia con su planificación de control y atendiendo al principio de transparencia previsto en la Ley Orgánica de Protección de Datos Personas, la Superintendencia comunica que para el ejercicio fiscal abril – diciembre 2026, la Intendencia General de Control y Sanción realizará auditorías a las entidades del sector financiero.
Número: No. BLT-SPDP-ICS-2025-0002
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Protección de Datos Personales
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 31/12/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Plan Nacional de Acción Estratégico contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva 2026-2030
Extracto: En el marco de la primera sesión del Consejo Nacional de Coordinación contra el Lavado de Activos y sus Delitos Precedentes, la Financiación del Terrorismo y de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (CONCLAFT), fue aprobado el Plan Nacional de Acción Estratégico contra el Lavado de Activos, el Financiamiento del Terrorismo y el Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva 2026 – 2030, el cual, entre otros lineamientos para el combate al delito, contempla 4 ejes estratégicos: 1) Identificación, evaluación(es) (nacional, sectorial, temáticas, etc.) y comprensión de los riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo; 2) Aplicación efectiva de medidas preventivas; 3) Marco institucional y operativo; y, 4) Identificación e interrupción de las ganancias del delito y recuperación de activos.
Número:
Proponente:
Emisor: Unidad de Análisis Financiero y Económico
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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