
COMPENDIO

DECRETO EJECUTIVO No. 190: REGLAMENTO GENERAL A LA LEY ORGÁNICA PARA IMPULSAR LA ECONOMÍA DE LAS MUJERES EMPRENDEDORAS
Extracto: El Presidente de la República expidió el Reglamento General a la Ley Orgánica para Impulsar la Economía de las Mujeres Emprendedoras, con el propósito de promover el acceso de las mujeres a mecanismos financieros, capacitación y beneficios tributarios que fortalezcan su participación en la economía nacional. El Reglamento dispone que la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria emitirá la normativa para facilitar el acceso a crédito y productos financieros con condiciones preferenciales, en coordinación con las entidades del sistema financiero público, privado y popular y solidario. La Superintendencia de Bancos y la SEPS supervisarán su cumplimiento. El Servicio de Rentas Internas y el Ministerio de Economía y Finanzas emitirán la regulación aplicable a los incentivos tributarios, mientras que el Ministerio de Producción y el SECAP implementarán programas de capacitación y educación financiera. El Reglamento entró en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Número: DECRETO EJECUTIVO No. 190
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: SÉPTIMO SUPLEMENTO DEL REGISTRO OFICIAL No. 153 DE 28 DE OCTUBRE DE 2025
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 28/10/2025
DECRETO EJECUTIVO No. 189: DEROGATORIA DE LOS DECRETOS EJECUTIVOS No. 134, 146 Y 174 QUE DECLARARON ESTADO DE EXCEPCIÓN POR GRAVE CONMOCIÓN INTERNA
Extracto: El Presidente de la República, Daniel Noboa Azín, expidió el Decreto Ejecutivo No. 189 mediante el cual derogó los Decretos No. 134 de 16 de septiembre, 146 de 18 de septiembre y 174 de 4 de octubre de 2025, en los que se había declarado Estado de Excepción por grave conmoción interna en las provincias de Carchi, Imbabura, Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Bolívar, Cañar, Azuay, Santo Domingo de los Tsáchilas, Orellana, Sucumbíos y Pastaza. En consecuencia, dispuso el cese de las medidas excepcionales y de la suspensión de derechos constitucionales establecidas en dichos decretos, así como de las acciones operativas de control del orden público. El Decreto entró en vigencia desde su suscripción, esto es, el 26 de octubre de 2025.
Número: DECRETO EJECUTIVO No. 189
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 26/10/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
LEY PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS FUERZAS ARMADAS Y POLICÍA NACIONAL
Extracto: La Ley para el Fortalecimiento de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional entró en vigencia con su publicación en el Registro Oficial. La Ley reforma la Ley de Régimen Tributario Interno con la finalidad de que los contribuyentes puedan acceder a una rebaja de hasta el 30% del Impuesto a la Renta por concepto de donaciones a las fuerzas del orden. Establece que se podrán realizar donaciones de bienes muebles e inmuebles, equipamiento o suministros nuevos; y, aclara que no se podrá acceder al beneficio por donación de productos perecibles. La Ley entró en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Número:
Proponente:
Emisor: Asamblea Nacional
Número de Registro Oficial: NOVENO SUPLEMENTO REGISTRO OFICIAL No. 151 DE 24 DE OCTUBRE DE 2025
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 24/10/2025
RESOLUCIÓN No. JPRFM-2025-004-F: MECANISMO EXTRAORDINARIO Y TEMPORAL DE ALIVIO FINANCIERO
Extracto: La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria expidió la Resolución No. JPRFM-2025-004-F, mediante la cual establece un mecanismo extraordinario y temporal de alivio financiero para los clientes del sistema financiero público, privado, y popular y solidario con domicilio civil o tributario en las provincias de Carchi e Imbabura, los cantones Cayambe y Pedro Moncayo, y las parroquias Guayllabamba y Calderón del cantón Quito (Pichincha), en cumplimiento del Decreto Ejecutivo No. 192. La norma permite diferir hasta por 90 días el pago de cuotas de créditos vigentes al 29 de octubre de 2025, sin generar intereses por mora ni costos legales, pudiendo trasladarse las cuotas al final de la tabla de amortización. Asimismo, autoriza la reestructuración y refinanciamiento de créditos vencidos entre el 12 de septiembre y el 28 de octubre de 2025, por solicitud del cliente o por iniciativa de las entidades acreedoras. La Resolución entró en vigencia desde su suscripción, esto es, el 29 de octubre de 2025.
Número: RESOLUCIÓN No. JPRFM-2025-004-F
Proponente:
Emisor: Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 29/10/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
ASOBANCA LAW JOURNAL
Extracto:
Número:
Proponente:
Emisor:
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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