
COMPENDIO

REFORMA LA NORMA DE CONTROL DEL SISTEMA DE GARANTÍA CREDITICIA
Extracto: Reforman integralmente la Norma de Control para las entidades que conforman el Sistema de Garantía Crediticia. Entre otras disposiciones, determina los requisitos y procesos que deben cumplir las personas jurídicas que otorgan garantías para recibir la autorización de la Superintendencia de Bancos para así operar en el Sistema de Garantías Crediticias, entre otras, contar al menos con un patrimonio neto de un millón de dólares, tener objeto social único, tener políticas y procedimientos para la administración integral de riesgos y una metodología de pricing para determinar el cobro por el servicio. Adicionalmente, mediante la Resolución No. SB-2024-02093 establece los requisitos para calificar la idoneidad del responsable de la gestión técnica, del representante legal y del Directorio de las personas jurídicas autorizadas a otorgar garantías.
Número: Resoluciones No. SB-2024-02092 y No. SB-2024-02093
Proponente:
Emisor: SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 648
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 09/09/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 20/09/2024
REFORMA LA “NORMA DE CONTROL PARA LA ATENCIÓN DE RECLAMOS”
Extracto: Entre otras disposiciones, se mantiene el plazo de 3 días para realizar la devolución de valores por falta de autorización previa e incorpora que el Banco devolverá la totalidad del monto disputado más intereses, calculados desde la fecha que ocurrieron los cargos y cobros del reclamo hasta la fecha de devolución, a la tasa de interés legal. Además, elimina la disposición referente a la obligatoriedad de presentar semestralmente un informe al Organismo de Control con el detalle de los reclamos presentados por parte de los usuarios.
Número: Resolución No. SB-2024-02087
Proponente:
Emisor: SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 06/09/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
REFORMA LA “NORMA PARA LA APERTURA Y CIERRE DE LA CUENTA BÁSICA” DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
Extracto: Entre otras disposiciones, incorpora que las entidades financieras deberán mantener la información de los usuarios debidamente actualizada, monitorear continuamente el cumplimiento a los límites y características de la cuenta básica, implementar el uso del formulario exclusivo de registro de datos para la cuenta básica y realizar la debida diligencia simplificada. Además, agrega que los Bancos podrán cancelar y cerrar cuentas básicas cuando los saldos de la cuenta superen el límite de las actividades transaccionales de los saldos, depósitos y retiros; por ejecutar actividades transaccionales que desnaturalicen las características de la cuenta o realicen transacciones injustificadas en materia de prevención de lavado de activos, entre otros.
Número: Resolución No. SB-2024-02086
Proponente:
Emisor: SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
Número de Registro Oficial: Primer Suplemento Registro Oficial No. 648
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 06/09/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 20/09/2024
REFORMA LA NORMA DE CONTROL DE BUEN GOBIERNO, ÉTICA Y COMPORTAMIENTO
Extracto: Reforma la norma de control de buen gobierno, ética y comportamiento para las cooperativas de ahorro y crédito, cajas centrales y asociaciones mutualistas de ahorro crédito para la vivienda. Entre otras disposiciones, incorpora que el buen gobierno deberá considerar la paridad y equidad de género en la formación de los órganos de gobierno; incorpora que el Reglamento de Bueno Gobierno deberá contener políticas y procesos que determinen la estructuración de un sistema de información y difusión sobre aspectos que debe conocer la asamblea general (situación financiera, apetito al riesgo, política de transparencia, código de ética).
Número: Resolución No. SEPS-IGT-IGS-IGJ-INFMR-INSESF-INGINT-2024-0188
Proponente:
Emisor: SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
Número de Registro Oficial: Primer Suplemento Registro Oficial No. 643
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 30/08/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 13/09/2024
NORMA DE CONTROL PARA LA GESTIÓN DE RECLAMOS EN LAS ENTIDADES DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO
Extracto: Expide la norma de control para la gestión de reclamos en las entidades del sector financiero popular y solidario (cooperativas de ahorro y crédito, asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda y entidades de apoyo). Entre otras disposiciones, establece que las entidades deberán garantizar la disponibilidad de múltiples canales para la presentación de reclamos : atención presencial en sucursales o agencias, línea telefónica gratuita, página web, correo electrónico y demás canales digitales. En caso de que el usuario no especifique un canal para la notificación de la respuesta, o, si el reclamo es presentado por un tercero, la entidad debe enviar la respuesta por al menos dos canales de los previamente indicados.
Número: Resolución No. SEPS-IGS-IGT-IGJ-INSEPS-INSESF-INGINT-2024-002
Proponente:
Emisor: SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
Número de Registro Oficial: Primer Suplemento Registro Oficial No. 643
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 30/08/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 13/09/2024

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