
CIRCULARES

GUÍA PARA LA REMISIÓN DE INFORMACIÓN ESTANDARIZADA A LA FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO
Extracto: La Superintendencia de Bancos dispuso que las entidades financieras deberán atender los requerimientos de la FGE empleando de forma obligatoria la matriz de estandarización de información financiera, conforme a los procedimientos establecidos en la guía para la emisión de dicha información. De conformidad con la Guía para la remisión de información estandarizada, la FGE a través de las fiscalías especializadas antilavado de activos (FAA), remitirá un oficio con los requerimientos de información bancaria de varias personas naturales y jurídicas inmersas en una investigación previa o instrucción fiscal por el delito de lavado de activos, a las instituciones del sistema financiero nacional que será supervisado por el Oficial de Cumplimiento. La aplicación de esta obligación rige para requerimientos presentados a partir del 18 de julio de 2025.
Número: Circular No. SB-IG-2025-0025-C
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 17/07/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
IMPLEMENTACIÓN, MANTENIMIENTO Y MEJORA DEL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CONTINUIDAD DEL NEGOCIO
Extracto: La Superintendencia de Bancos dispuso a las entidades del sistema financiero nacional que implementen, mantengan y mejoren su Sistema de Gestión de Continuidad del Negocio con el fin de asegurar su capacidad de operar de manera continua, especialmente en el contexto actual, donde los incidentes tecnológicos u otros eventos pueden afectar de forma significativa la operatividad y la prestación de servicios esenciales a los usuarios del sistema financiero. Adicionalmente, recordó que este sistema podrá ser evaluado por la Superintendencia de Bancos en cualquier momento, a través de los procesos de supervisión que lleve a cabo.
Número: Circular No. SB-INRE-2025-0011-C
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 01/07/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
IMPUESTO A LA RENTA ÚNICO SOBRE LA UTILIDAD GENERADA EN LA ENAJENACIÓN DE ACCIONES, PARTICIPACIONES U OTROS DERECHOS REPRESENTATIVOS DE CAPITAL DE SOCIEDADES DOMICILIADAS EN EL ECUADOR
Extracto: El Servicio de Rentas Internas emitió el siguiente pronunciamiento respecto del cumplimiento de las normas aplicables a la enajenación de derechos representativos de capital cuya utilidad se encuentra gravada con el Impuesto a la Renta único, con el fin de facilitar su adecuada aplicación. Al respecto, señaló que los beneficiarios efectivos de las acciones, participaciones o derechos representativos de capital se mantienen en la misma proporción antes y después de esos procesos cuando el valor patrimonial proporcional (VPP) de los títulos sea el mismo, independientemente del porcentaje accionario. Asimismo, estableció que se considerará como utilidad distribuida únicamente aquella cuya distribución haya sido formalmente dispuesta por la junta general de accionistas o el órgano societario correspondiente, y que además esté pagada o registrada contablemente como pasivo. Todo lo que no cumpla con estos requisitos se considerará como utilidad no distribuida, sin importar la cuenta contable en la que se registre. La Circular entró en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Número: Circular No. NAC-DGECCGC25-00000005
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 27/06/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 30/06/2025
RECORDATORIO DE OBLIGATORIEDAD DE ENVÍO DE INFORMACIÓN ESTRUCTURA Q01 “ATENCIÓN DE QUEJAS Y RECLAMOS”
Extracto: La Superintendencia de Bancos recordó a las entidades financieras la obligatoriedad de remitir las estructuras de información conforme a los formatos, formas y plazos establecidos en los manuales técnicos de envío de estructuras. En particular, solicitó dar estricto cumplimiento al envío mensual de la estructura Q01 “Atención de quejas y reclamos”, mediante la cual se reportan las quejas y reclamos presentados por los usuarios respecto de los productos y servicios ofrecidos por las entidades financieras.
Número: Circular No. SB-INRE-2025-0009-C
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 23/06/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
ALCANCE A LA CIRCULAR SOBRE SERVICIOS FINANCIEROS CON CARGO DIFERENCIADO: AVANCES DE EFECTIVO EN EL PAÍS Y EN EL EXTERIOR
Extracto: La Superintendencia de Bancos, en atención a la Circular No. SB-INRE-2025-0008-C de 04 de junio de 2025 relacionada con las disposiciones sobre los servicios financieros con cargo diferenciado “Avances de efectivo en el país” y “Avances de efectivo en el exterior”, específicamente sobre la segunda disposición correspondiente a la aplicación del cargo o tarifa, eximió de la misma a los “Avances de efectivo en el exterior”, es decir, la disposición aplica solo para los “Avances de efectivo en el país”. Esta modificación se basa en la información recopilada sobre los reportes de avances de efectivo en el exterior que reciben las entidades financieras, los cuales no desglosan los valores adicionales al monto específico solicitado por el cliente, sino que los presenta de manera consolidada. Bajo ese contexto, comunica que las disposiciones establecidas en la antedicha circular y la presente modificación deberán ser aplicadas obligatoriamente por las entidades financieras a partir del 1 de julio de 2025.
Número: Circular No. SB-INRE-2025-0010-C
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 23/06/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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