
RESOLUCIONES

POLÍTICA NACIONAL DE INCLUSIÓN FINANCIERA
Extracto: Expide la Política Nacional de Inclusión Financiera, cuya finalidad es promover la inclusión financiera en el país, respecto del uso, acceso y calidad de los productos y servicios financieros formales, garantizando la protección de los derechos de los usuarios financieros. Además, crea el Consejo Nacional de Coordinación de Inclusión Financiera (CONCIF), como ente de coordinación interinstitucional para cumplir con dicha finalidad. La Resolución entró en vigencia desde su suscripción.
Número: Resolución No. JPRF-P-2023-080
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No.413
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 25/09/2023
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 10/10/2023
REFORMA A DISPOSICIONES SOBRE DETERMINACIÓN DE LA PROPIEDAD PATRIMONIAL CON INFLUENCIA Y PROPIEDAD INDIRECTA
Extracto: Actualiza el articulado de la Codificación de Resoluciones Monetaria, Financieras, de Valores y Seguros, a fin de armonizar la normativa secundaria con lo aprobado en la Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal, de noviembre de 2021, que reformó el porcentaje a 25% para considerar a una persona con propiedad patrimonial con influencia propiedad indirecta cuando una persona natural o jurídica ejerza su derecho de propiedad sobre el 25% o más de los títulos representativos del capital de las entidades del sector financiero privado, entidades financieras del exterior o de sociedades mercantiles ajenas a la actividad financiera. La Resolución entró en vigencia desde su expedición.
Número: Resolución No. JPRF-F-2023-077
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial: Primer Suplemento del Registro Oficial No. 410
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 19/09/2023
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 04/10/2023
REFORMA A LA NORMA SOBRE CALIFICADORAS DE RIESGO EN EL SECTOR DE VALORES
Extracto: Reforma las disposiciones de las compañías calificadoras de riesgo inscritas en el Catastro Público del Mercado de Valores, a fin de acoger las mejores prácticas internacionales. La Resolución entró en vigencia desde su expedición.
Número: Resolución No. JPRF-F-2023-078
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial: Primer Suplemento del Registro Oficial No. 410
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 19/09/2023
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 04/10/2023
ANEXO DE OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS Y EL INFORME INTEGRAL DE PRECIOS DE TRANSFERENCIA
Extracto: Reforma las resoluciones No. NAC-DGERCGC15-00000455, anexo de operaciones con partes relacionadas y el informe integral de precios de transferencia, y No. NACDGERCGC16-00000532, normas técnicas para la aplicación del régimen de precios de transferencia y la prelación en la utilización de los métodos para aplicar el principio de plena competencia. Al respecto, quienes tengan operaciones con partes relacionadas superiores a USD $10millones deberán presentar el anexo de operaciones con partes relacionadas y el informe integral de precios de transferencia. La resolución entró en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial.
Número: Resolución No. NAC-DGERCGC23-00000025
Proponente:
Emisor: SERVICIO DE RENTAS INTERNAS (SRI)
Número de Registro Oficial: Segundo Suplemento Registro Oficial No. 396
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 13/09/2023
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 14/09/2023
NORMA QUE REGULA LAS ENTIDADES DE SERVICIOS FINANCIEROS TECNOLÓGICOS
Extracto: Regula a las entidades de servicios financieros tecnológicos creadas por la Ley Fintech. La norma establece de manera general que todas las entidades de este tipo deberán sujetarse a las regulaciones ARLAFDT y contar con un Oficial de Cumplimiento principal y suplente. De manera especial, se regula a un tipo de entidades de servicios financieros tecnológicos, esto es, las entidades de concesión digital de crédito, a quienes entre otros se les dispone que tendrán que contar con un capital mínimo de USD 200.000, contar con una provisión mínima de 1%, así como que sólo podrán otorgar crédito directo o emitir tarjetas de crédito. La Superintendencia de Bancos será el órgano de control y calificación.
Número: Resolución No. JPRF-F-2023-076
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial: Segundo Suplemento Registro Oficial No. 402
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 11/09/2023
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 22/09/2023

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