
DECRETOS PRESIDENCIALES

DECRETO EJECUTIVO No. 76: NUEVO ESTADO DE EXCEPCIÓN EN CUATRO PROVINCIAS
Extracto: El Presidente de la República declaró un nuevo Estado de Excepción por 60 días aplicable para las provincias de El Oro, Guayas, Los Ríos y Manabí, debido a grave conmoción interna y conflicto armado interno. Se suspenden los derechos a la inviolabilidad de domicilio y correspondencia y se mantiene la intervención de Fuerzas Armadas y Policía Nacional, incluyendo en centros de privación de libertad. No se decreta toque de queda. El Decreto está vigente desde su suscripción, esto es, el 06 de julio de 2025.
Número:
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 06/08/2025
REFORMA INSTITUCIONAL EN LA FUNCIÓN EJECUTIVA
Extracto: El Presidente de la República dispuso el inicio de la fase de decisión estratégica para la reestructuración institucional de la Función Ejecutiva. Como parte de esta reforma, se establece la fusión de 24 ministerios y secretarías, el traslado del Viceministerio de Acuacultura y Pesca al Ministerio de Agricultura y Ganadería, y la adscripción de dos servicios nacionales al Ministerio del Interior. El Decreto entró en vigencia desde la fecha de su suscripción, esto es, el 24 de julio de 2025.
Número: DECRETO EJECUTIVO No. 60
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 24/07/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
SUSPENSIÓN DE JORNADA LABORAL DEL 03 DE JULIO DE 2025 – PROVINCIA DE TUNGURAHUA
Extracto: Presidencia suspendió la jornada de trabajo el día 03 de julio de 2025, tanto para el sector público como para el sector privado en la provincia de Tungurahua. El Decreto Ejecutivo determinó que el sector privado podrá recuperar la jornada a través de una hora adicional durante los días laborables siguientes y ddispone además que, durante la suspensión de la jornada de trabajo, se deberá garantizar la provisión de servicios básicos y bancarios, entre otros, por lo que se deberá disponer de personal mínimo que permita atender satisfactoriamente las demandas de la colectividad.
Número: Decreto Ejecutivo No. 44
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: Quinto Suplemento Registro Oficial No. 80
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 02/07/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 14/07/2025
RENOVACIÓN DE ESTADO DE EXCEPCIÓN Y TOQUE DE QUEDA FOCALIZADO
Extracto: El Presidente de la República renovó la declaratoria de estado de excepción por 30 días adicionales (finaliza el 10 de julio de 2025), en las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena, El Oro, Sucumbíos y el Distrito Metropolitano de Quito, conforme lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 599. Es importante señalar que el cantón Camilo Ponce Enríquez, de la provincia de Azuay, ha sido excluido de las disposiciones aplicables a la renovación del estado de excepción. Esta exclusión responde a lo determinado en el Dictamen No. 3-25-EE/25 de la Corte Constitucional, que concluyó que no se justificó adecuadamente la inclusión de dicho cantón dentro de las jurisdicciones sujetas al estado de excepción. En ese contexto, se mantienen las siguientes disposiciones en las provincias antes mencionadas: 1. Suspensión del derecho a la inviolabilidad de domicilio y de correspondencia; y, 2. Restricción del derecho a la libertad de tránsito, todos los días desde las 22h00 hasta las 05h00, únicamente en los siguientes cantones y/o parroquias: a. Guayas: Cantones Durán y Balao; y la parroquia Tenguel. b. Los Ríos: Cantones Babahoyo, Buena Fe, Quevedo, Pueblo Viejo, Vinces, Valencia, Ventanas, Mocache, Urdaneta, Baba, Palenque, Quinsaloma y Montalvo. c. Orellana: Cantones La Joya de los Sachas, Puerto Francisco de Orellana y Loreto. d. Sucumbíos: Cantones Shushufindi y Lago Agrio. El Decreto entró en vigencia a partir de su suscripción, esto es 10 de junio de 2025.
Número: Decreto Ejecutivo No. 23
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: Séptimo Suplemento Registro Oficial No. 62
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 10/06/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 18/06/2025
CONDONACIÓN DE DEUDAS DE LA CORPORACIÓN FINANCIERA NACIONAL BANCA PÚBLICA
Extracto: El Presidente de la República dispuso a la Corporación Financiera Nacional B.P la implementación e instrumentación de la condonación de oficio de aquellas operaciones cuyo saldo total de capital sea de hasta USD 5.000,00 más sus intereses, otros costos y comisiones, que a la fecha de emisión del presente Decreto (14/04/2025) sean consideradas irrecuperables, que se encuentren en estado judicial, calificadas con riesgo "E", que se encuentren totalmente provisionadas, y sin garantías reales para su ejecución. El Decreto entró en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Número: Decreto Ejecutivo No. 602
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: Sexto Suplemento Registro Oficial No. 21
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 14/04/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 16/04/2025

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