
COMPENDIO

Resolución Nro. JPRFM-2026-033-F: Reformas al Servicio de Registros de Datos Crediticios y Burós de Información Crediticia
Extracto: La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria (JPRFM) reformó la regulación aplicable al Servicio de Registro de Datos Crediticios y a los Burós de Información Crediticia. La reforma redefinió las fuentes de información crediticia, diferenciándolas entre obligatorias y complementarias, e incorporó al sector de telecomunicaciones entre las fuentes obligatorias. Adicionalmente, habilitó la incorporación de nuevas fuentes mediante resolución motivada de la JPRFM, siempre que aporten de forma objetiva al análisis de riesgo crediticio y capacidad de endeudamiento, cuenten con base jurídica válida y cumplan con la normativa de protección de datos personales. En concordancia con el artículo 358 del Código Orgánico Monetario y Financiero, precisó que la información de riesgo crediticio no podrá tener una antigüedad mayor a 4 años, contados desde la última fecha de vigencia de la operación de crédito, mientras que los reportes crediticios harán referencia únicamente a operaciones vigentes, vencidas o canceladas de los 2 últimos años. Asimismo, permitió a las entidades autorizadas celebrar acuerdos para obtener información sobre obligaciones de pago, bajo condiciones de licitud y protección de datos. Para su implementación, se establecieron plazos máximos de 18 meses para la Superintendencia de Bancos y la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, y de 12 meses para la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria. La Resolución entró en vigencia a partir de su expedición, el 20 de agosto de 2026.
Número: Resolución Nro. JPRFM-2026-033-F
Proponente: N/A
Emisor: Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 20/08/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Sentencia 560-23-EP/26: ACCIÓN DE PROTECCIÓN NO PROCEDE FRENTE A LA TERMINACIÓN UNILATERAL DEL VÍNCULO LABORAL DE UN SERVIDOR DE EMPRESA PÚBLICA COMUNICADA POR LLAMADA TELEFÓNICA
Extracto:
Número:
Proponente:
Emisor:
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Sentencia 1594-23-EP/26: LA GARANTÍA DE MOTIVACIÓN NO EXIGE PRONUNCIARSE INDIVIDUALMENTE SOBRE CADA DERECHO INVOCADO
Extracto:
Número:
Proponente:
Emisor:
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Sentencia 1918-23-JP/26: Protección reforzada en el entorno laboral para personas con enfermedades catastróficas y debida diligencia frente al acoso
Extracto:
Número:
Proponente:
Emisor:
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Sentencia 1460-23-EP/26: La omisión de notificar actuaciones procesales a correos adicionales no vulnera el derecho a la defensa, cuando la entidad accionante conoce del proceso judicial en todo momento.
Extracto:
Número:
Proponente:
Emisor:
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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