
COMPENDIO

Oficio Nro. SB-INRE-2026-0305-O: Alcance al seguimiento de Información Estandarizada, Versión 2.0
Extracto: La Superintendencia de Bancos emitió un alcance al Oficio Nro. SB-INRE-2026-0295-O, mediante el cual dispuso a las entidades del sistema financiero remitir un informe técnico sobre la implementación de la “Guía para la Emisión de Información Estandarizada, Versión 2.0” y su anexo. En este sentido, aclara que el plazo para la entrega del informe vencerá el martes 28 de abril de 2026, fecha que se establece como límite para remitir la información solicitada. Las demás disposiciones contenidas en el Oficio Nro. SB-INRE-2026-0295-O se mantienen inalteradas y son de obligatorio cumplimiento.
Número: Oficio Nro. SB-INRE-2026-0305-O
Proponente: N/A
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 24/04/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Resolución Nro. JPRFM-2026-021-M: Reforma a la política de provisión de moneda fraccionaria
Extracto: La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria reformó la política para la provisión de moneda fraccionaria nacional por parte del Banco Central del Ecuador. En este contexto, se sustituye el artículo 8 de la Codificación de Resoluciones de Política Monetaria y Operaciones del Banco Central del Ecuador, a fin de precisar que, para el inicio de un programa de acuñación, deberá considerarse el menor costo entre la importación de monedas fraccionarias desde la Reserva Federal de los Estados Unidos de América y la acuñación, así como la disponibilidad de dicha entidad para proveer especies monetarias al Banco Central del Ecuador en plazos y condiciones que permitan mantener niveles adecuados de moneda fraccionaria. De igual forma, se deroga el artículo 9 de la misma subsección y se deja constancia de que la Junta conoció el inicio del Programa de Acuñación de Moneda Fraccionaria Nacional para el período 2027 y sus características específicas. La Resolución entró en vigencia desde su expedición, el 29 de abril de 2026.
Número: Resolución Nro. JPRFM-2026-021-M
Proponente: N/A
Emisor: Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 29/04/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Publicación Web: Tasas de Interés Efectivas Máximas Vigentes – Mayo 2026
Extracto: La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria publicó las tasas de interés activas efectivas máximas aplicables para el mes de mayo de 2026. Se fijan nuevas tasas para los subsegmentos de crédito productivo corporativo, productivo empresarial y productivo PYMES; y, segmento inmobiliario. Para los demás segmentos se mantienen iguales al mes anterior.
Número:
Proponente: N/A
Emisor: Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 30/04/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Oficio Nro. SB-INRE-2026-0295-O: Seguimiento a la implementación de la “Guía para la Emisión de Información Estandarizada” y del Anexo “Estandarización de Información Financiera” Versión 2.0
Extracto: La Superintendencia de Bancos dispuso a las entidades del sistema financiero reportar el estado de implementación de la “Guía para la Emisión de Información Estandarizada, Versión 2.0” y su anexo, por la cual se unificó la información a entregar a la Fiscalía General del Estado (casos de lavado de activos) y a la Unidad de Análisis Financiero y Económico (Reportes de Información de Análisis – RIA), cuya entrada en vigencia rige desde el 01 de mayo de 2026, requiriendo la remisión de un informe técnico en el plazo de tres días contados desde la recepción del oficio, que detalle las acciones ejecutadas para su implementación integral, incluyendo adecuaciones tecnológicas, ajustes operativos, capacitación y mecanismos de reporte. De la misma manera, enfatiza que esta implementación es obligatoria y que el plazo de entrada en vigencia es improrrogable, por lo que las entidades deberán asegurar su cumplimiento íntegro y oportuno.
Número: Oficio Nro. SB-INRE-2026-0295-O
Proponente: N/A
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 23/04/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Decreto Ejecutivo Nro. 365: Transferencia de base de datos de personas con sentencia condenatoria
Extracto: La Presidencia de la República del Ecuador dispuso la transferencia de la base de datos de personas con sentencia condenatoria por delitos relacionados con sustancias catalogadas sujetas a fiscalización desde la Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) al Consejo de la Judicatura, incluyendo la información administrada previamente por la extinta Secretaría Técnica de Drogas. El Decreto establece que ambas entidades deberán coordinar la transferencia mediante acciones administrativas y tecnológicas, suscribir actas de entrega-recepción y garantizar la integridad, seguridad y continuidad del servicio, asumiendo el Consejo de la Judicatura la competencia exclusiva para su administración, custodia y certificación. El Decreto entrará en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial, hecho que no ha ocurrido al cierre de este boletín.
Número: Decreto Ejecutivo Nro. 365
Proponente: N/A
Emisor: Presidente de la República
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 20/04/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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