
COMPENDIO

NORMAS PARA LA APLICACIÓN DE LA REMISIÓN DE INTERESES, MULTAS, COSTAS Y RECARGOS DEL SERVICIO DE RENTAS INTERNAS
Extracto: El Servicio de Rentas Internas expidió las Normas para aplicar la remisión del 100% de intereses, multas, costas y recargos de tributos administrados y recaudados por la entidad, conforme a la Disposición Transitoria Décimo Tercera de la Ley Orgánica de Integridad Pública. Dicha remisión aplica a obligaciones cuyo hecho generador se haya configurado hasta el 31 de diciembre de 2024. Y se excluyen de la mencionada remisión, entre otros: a. las obligaciones recaudadas y no administradas por el SRI; y las correspondientes al Impuesto a la Renta del ejercicio fiscal 2024; y, b. las sanciones pecuniarias constantes en procesos sancionatorios. Asimismo, dispone que para acceder al beneficio de la remisión del %100, los sujetos pasivos deberán pagar el capital total adeudado hasta el 31 de diciembre de 2025. En caso de existir convenios de débito, el SRI podrá solicitar a las entidades financieras el débito del capital, sin perjuicio de que los contribuyentes usen otros medios de pago. La Resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Número: Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000015
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial: Tercer Suplemento Registro Oficial No. 70
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 27/06/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 30/06/2025
REFORMA LAS NORMAS PARA LA ANULACIÓN DE COMPROBANTES DE VENTA, RETENCIÓN Y DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS, EMITIDOS EN MODALIDAD ELECTRÓNICA
Extracto:
Número: Resolución No. NAC-DGERCGC25-00000014
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial: Tercer Suplemento Registro Oficial No. 70
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 27/06/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 30/06/2025
PLAN DE ADMINISTRACIÓN DE LA CONTINUIDAD DE LAS OPERACIONES DEL BANCO CENTRAL DEL ECUADOR
Extracto: El Banco Central del Ecuador emitió el Plan de Administración de la Continuidad de las Operaciones del BCE, con el objetivo de garantizar la capacidad institucional para ejecutar sus procesos, productos o servicios críticos en caso de registrarse una interrupción, independientemente de su origen o naturaleza. Entre sus objetivos se encuentran: 1. minimizar la probabilidad de interrupciones en las operaciones de dichos procesos, productos o servicios críticos identificados mediante la metodología de análisis de impacto del negocio; y, 2. asegurar una restauración rápida y efectiva de las operaciones afectadas por incidentes. Asimismo, se dispone que el BCE ejecutará, al menos una vez al año, una prueba global de contingencia, con el fin de evaluar la efectividad de las estrategias de recuperación de operaciones definidas en los respectivos planes de contingencia. La Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial, hecho que no ha ocurrido hasta el cierre de este boletín.
Número: Resolución Administrativa No. BCE-GG-010-2025
Proponente:
Emisor: Banco Central del Ecuador
Número de Registro Oficial: Quinto Suplemento Registro Oficial No. 69
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 25/06/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 27/06/2025
LEY ORGÁNICA DE INTEGRIDAD PÚBLICA
Extracto: Se publicó en el Registro Oficial, la Ley Orgánica de Integridad Pública la cual contempla reformas al Código Orgánico Monetario y Financiero y al Código Tributario, entre otros cuerpos legales. Entre las principales reformas se destacan: Se unifican las actuales Juntas de Política y Regulación en materia Financiera y Monetaria en un solo organismo, denominada Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria (JPRFM), la misma que estará conformada por cinco miembros designados por la Asamblea Nacional de entre cinco candidatos propuestos por el Presidente de la República. Dispone a la JPRFM realizar un análisis de riesgo sistémico para identificar las Cooperativas de Ahorro y Crédito que deben transformarse en Sociedades Anónimas del Sector Financiero Privado y pasar a la supervisión de la Superintendencia de Bancos. Finalmente, la obligación de cobertura de los pasivos del primer sistema del balance del Banco Central del Ecuador prevista para el 2026 se amplía hasta el 2040 al igual que el segundo y tercer sistema.
Número:
Proponente:
Emisor: Asamblea Nacional
Número de Registro Oficial: Tercer Suplemento Registro Oficial No. 68
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 26/06/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 26/06/2025
Boletín Jurisprudencial para la Actividad Bancaria – Edición Junio 2025
Extracto:
Número:
Proponente:
Emisor:
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 25/06/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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