
COMPENDIO

Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Tributario Interno para Incentivar la construcción de Viviendas de Interés Social y reducir el déficit habitacional (Urgente en Materia Económica)
Extracto: La Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Tributario, tramitada como urgente en materia económica por la Asamblea Nacional, establece un incentivo tributario aplicable entre el 2026 y 2029, para promover la construcción de vivienda de interés social, el mismo que consiste en una reducción del impuesto a la renta del 100% del valor de la donación de viviendas de interés social, con un límite hasta el 30% del impuesto. La Ley entró en vigencia con su publicación en el Registro Oficial.
Número:
Proponente: Daniel Noboa
Emisor: Asamblea Nacional
Número de Registro Oficial: TERCER SUPLEMENTO REGISTRO OFICIAL NO. 256
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 30/03/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 01/04/2026
Circular No. SB-IG-2026-0005-C: Atención al público durante el feriado de viernes santo
Extracto: En atención al feriado de Viernes Santo del 3 de abril de 2026, la Superintendencia de Bancos, dispuso que las entidades financieras deberán establecer horarios y contar con el personal necesario para garantizar la atención al público. Asimismo, determinó que los movimientos correspondientes a los días 4 y 5 de abril de 2026 serán considerados diferidos y deberán reportarse en el siguiente día hábil mediante la estructura de balance diario (B13).
Número: Circular No. SB-IG-2026-0005-C
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 02/04/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Circular No. NAC-DGECCGC26-00000004: IVA en servicios digitales de pronósticos, videojuegos y streaming deportivo
Extracto: El Servicio de Rentas Internas recalcó el tratamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a servicios digitales relacionados con pronósticos deportivos, videojuegos en línea y streaming de eventos deportivos. La Circular establece que, cuando el proveedor es no residente y existe un intermediario en el pago, el IVA se recauda mediante retención del 100% por parte de la entidad financiera o emisor de tarjeta; cuando el proveedor es residente, el impuesto se gestiona bajo el esquema de percepción por parte del prestador del servicio; y, cuando el proveedor no residente no cuenta con intermediario, el IVA deberá ser autoliquidado, declarado y pagado directamente por el consumidor.
Número: Circular No. NAC-DGECCGC26-00000004
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 31/03/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Circular No. NAC-DGECCGC26-00000003: IVA en servicios financieros, cargos y comisiones
Extracto: El Servicio de Rentas Internas precisó el tratamiento del Impuesto al Valor Agregado (IVA) aplicable a servicios financieros, cargos y comisiones cobradas por las entidades del sistema financiero. La Circular ratifica que estos servicios están gravados con IVA cuando se prestan de forma habitual, incluyendo comisiones por consumos con tarjetas, transferencias, pagos interbancarios y otros servicios financieros. Asimismo, establece que el impuesto se genera al configurarse el hecho generador y que las entidades financieras, en calidad de agentes de percepción, son responsables de su correcta liquidación, declaración y pago conforme a la normativa vigente.
Número: Circular No. NAC-DGECCGC26-00000003
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 31/03/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000015: Uso de notas de crédito para extinción de obligaciones tributarias
Extracto: El Servicio de Rentas Internas reformó el procedimiento para la emisión, uso y anulación de notas de crédito, estableciendo que las notas desmaterializadas generarán un saldo disponible visible en el estado de cuenta del contribuyente. La norma dispone que dicho saldo podrá utilizarse para extinguir obligaciones tributarias, multas e intereses administrados por el SRI, excluyendo obligaciones aduaneras del SENAE, a través de canales electrónicos, disposición que aplicará a partir del 01 de mayo de 2026, e introduce un límite de uso de notas de crédito hasta el 60% del valor de cada declaración. La reforma entró en vigencia con su publicación en el Cuarto Suplemento del Registro Oficial No. 256 de 01 de abril de 2026.
Número: Resolución No. NAC-DGERCGC26-00000015
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial: CUARTO SUPLEMENTO REGISTRO OFICIAL NO. 256
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 31/03/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 01/04/2026

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