
COMPENDIO

Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000016: Declaración y pago conjunto de obligaciones tributarias
Extracto: El Servicio de Rentas Internas reformó las normas para la declaración y pago de obligaciones tributarias a través de internet, extendiendo el esquema de declaración y pago conjunto al Impuesto al Valor Agregado (IVA). A partir del 01 de junio de 2026, la declaración de IVA se considerará cumplida únicamente cuando se presente junto con el pago total del impuesto dentro de los plazos establecidos, caso contrario, la declaración se tendrá por no presentada, incluso si existen pagos parciales o compensaciones. La medida aplica de forma general, con excepción de exportadores de bienes, proveedores directos de exportadores con estado “ACTIVO” en el sistema de devolución de IVA (SDII) y contribuyentes bajo esquemas de compensación fiscal, hasta que la Administración Tributaria adecúe sus sistemas. La Resolución entró en vigencia con su publicación en el Registro Oficial.
Número: Resolución Nro. NAC-DGERCGC26-00000016
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial: Registro Oficial Tercer Suplemento No. 265
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 15/04/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 15/04/2026
Decreto Ejecutivo No. 358: Reforma a la conformación del Comité Interinstitucional de Estabilidad Financiera
Extracto:
Número: Decreto Ejecutivo No. 358
Proponente:
Emisor: Presidente de la República
Número de Registro Oficial: Registro Oficial Tercer Suplemento No. 264
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 10/04/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 14/04/2026
Acuerdo Ministerial No. MDT-2026-087: Salario digno 2025 y compensación económica
Extracto: El Ministerio del Trabajo fijó el valor del salario digno correspondiente al año 2025 en USD 506,99 y estableció las reglas para el pago de la compensación económica dirigida a los trabajadores que no alcanzaron ese nivel de ingresos durante dicho período, la cual corresponde a la diferencia entre el salario digno y el ingreso mensual efectivamente percibido, calculado con base en remuneraciones, beneficios adicionales y utilidades, entre otros. El pago debió realizarse hasta el 31 de marzo de 2026 por parte de empleadores del sector privado que hayan generado utilidades, pudiendo utilizar hasta el 100% de estas, y en caso de no ser suficientes, el monto se distribuirá proporcionalmente entre los trabajadores. El Acuerdo entró en vigencia desde su suscripción, esto es, 30 de marzo de 2026.
Número: Acuerdo Ministerial No. MDT-2026-087
Proponente: N/A
Emisor: Ministerio del Trabajo
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 31/03/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Actualización del Manual Técnico de Generalidades sobre Estructuras de Datos – Codificación de Tablas Versión 23.2
Extracto:
Número: Datos – Codificación de Tablas, incorporando modificaciones en varias tablas relevantes. Se reformaron los factores de ponderación y cuentas de la tabla 81 (Factores de ponderación y consideraciones especiales); se incorporan nuevos códigos en la tabla 288 (concepto de obligación) y en la tabla 290 (estado de la planilla); y se añadieron nuevos tipos de acción en la tabla 341 (Tipo de acción). Estas actualizaciones ajustan la estructura de datos aplicable para el registro y reporte de información por parte de las entidades.
Proponente: N/A
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 06/04/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Ley Orgánica para la Reactivación Económica a Través del Fortalecimiento de la Vinculación del Sector Económico Productivo con la Educación
Extracto: La Ley establece el marco normativo para fortalecer la vinculación entre el sector económico productivo y el sistema educativo, con el objetivo de promover la competitividad y empleo juvenil. Dispone la articulación mediante convenios con instituciones educativas y, precisa que la relación con los estudiantes es de carácter académico, sin constituir relación laboral. Asimismo, como resultado de las gestiones realizadas por la Asociación, se sustituyó la referencia de “líneas de crédito preferente” por “segmentos de crédito preferente”, cuya implementación quedará sujeta a la normativa que emita la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria en el plazo de 90 días desde la publicación de la Ley.
Número:
Proponente: As. Juan José Reyes
Emisor: Asamblea Nacional
Número de Registro Oficial: Registro Oficial Segundo Suplemento No. 261
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 07/04/2026
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 09/04/2026

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