
COMPENDIO

RESOLUCIÓN No. 16-2025: PRECEDENTE JURISPRUDENCIAL OBLIGATORIO – INCLUSIÓN DEL FONDO DE RESERVA COMO HABER INDIVIDUAL PARA EL CÁLCULO DE LA JUBILACIÓN PATRONAL
Extracto: La Corte Nacional de Justicia estableció un precedente jurisprudencial obligatorio en materia laboral, determinando que, para los trabajadores que cumplen los requisitos para la jubilación patronal, se deberán aplicar las reglas del artículo 216 del Código de Trabajo. En consecuencia, el fondo de reserva que el empleador haya depositado en el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social o entregado directamente al trabajador deberá considerarse como haber individual y ser descontado del fondo de jubilación patronal, conforme al principio de favorabilidad. La Resolución entró en vigencia con su publicación en el Registro Oficial.
Número: RESOLUCIÓN No. 16-2025
Proponente:
Emisor: Corte Nacional de Justicia
Número de Registro Oficial: Sexto Suplemento del Registro Oficial No. 159
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 06/11/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 07/11/2025
RESOLUCIÓN No. NAC-DGERCGC25-00000035: REFORMA A LAS NORMAS SOBRE DECLARACIÓN Y PAGO CONJUNTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN LÍNEA
Extracto: El Servicio de Rentas Internas reformó las Normas para la Declaración y Pago de Manera Conjunta de las Obligaciones Tributarias a través de Internet, sustituyendo el artículo 9 de la Resolución 1065. La reforma aclara que los pagos parciales efectuados mediante notas de crédito desmaterializadas serán restituidos por la Administración Tributaria, y permite que los contribuyentes inscritos en el Sistema de Compensación Fiscal hasta el último día hábil del mes anterior puedan presentar su declaración sin pago, a fin de aplicar la compensación entre obligaciones tributarias vencidas y valores pendientes adeudados por la Administración Pública Central. Además, dispone que esta norma prevalece sobre otras resoluciones que regulen los mismos aspectos. La Resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Número: RESOLUCIÓN No. NAC-DGERCGC25-00000035
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 05/11/2025
DECRETO EJECUTIVO No. 204: SUSPENSIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN LA PROVINCIA DE SANTA ELENA
Extracto: El Presidente de la República dispuso la suspensión de la jornada laboral del viernes 7 de noviembre de 2025 para el sector público y privado en la provincia de Santa Elena con motivo de la conmemoración del aniversario de provincialización. El Decreto establece que las entidades del sector privado podrán recuperar la jornada suspendida mediante una hora adicional durante los días laborables siguientes. Asimismo, dispone que durante la suspensión se deberá garantizar la provisión de servicios básicos y bancarios, entre otros, por lo que las instituciones deberán mantener el personal mínimo necesario para atender las demandas de la ciudadanía. El Decreto Ejecutivo entró en vigencia a partir de su suscripción, esto es, el 6 de noviembre de 2025.
Número: DECRETO EJECUTIVO No. 204
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
DECRETO EJECUTIVO No. 202: DECLARATORIA DE ESTADO DE EXCEPCIÓN
Extracto: El Presidente de la República, Daniel Noboa Azín, decretó un nuevo Estado de Excepción por 60 días en las provincias de Manabí, Guayas, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, y en los cantones La Maná (Cotopaxi) y Las Naves y Echeandía (Bolívar), debido al incremento de la violencia, la comisión de delitos y el intento de control territorial por parte de grupos criminales en dichas zonas, en el contexto del conflicto armado interno. El Decreto suspende el derecho a la inviolabilidad de domicilio y correspondencia, sin establecer toque de queda. Se mantienen las medidas dispuestas en los Decretos Ejecutivos Nos. 76, 109 y 175, que perdieron vigencia el 5 de noviembre de 2025. El Decreto Ejecutivo entró en vigencia a partir de su suscripción, esto es, el 4 de noviembre de 2025.
Número: DECRETO EJECUTIVO No. 202
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 04/11/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
RESOLUCIÓN No. UAFE-DG-2025-0596: REQUISITOS PARA LA INACTIVACIÓN DEL CÓDIGO DE REGISTRO DE LOS SUJETOS OBLIGADOS A REPORTAR A LA UAFE
Extracto: La Unidad de Análisis Financiero y Económico (UAFE) estableció los requisitos para la inactivación del código de registro de los sujetos obligados a reportar, con el fin de agilizar los procedimientos administrativos y técnicos relacionados con el cierre de actividades. Para el caso de personas jurídicas, la inactivación podrá solicitarse mediante oficio dirigido a la máxima autoridad de la UAFE, acompañado del RUC actualizado, los reportes RESU y NO RESU al día, la inexistencia de procesos coactivos, y un pronunciamiento del organismo de control que determine que ya no están obligadas a reportar. La UAFE también podrá inactivar el código de oficio en casos de fusión, escisión, transformación o liquidación inscritos en el Registro Mercantil. La Resolución entró en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Número: RESOLUCIÓN No. UAFE-DG-2025-0596
Proponente:
Emisor: Unidad de Análisis Financiero y Económico
Número de Registro Oficial: PRIMER SUPLEMENTO DEL REGISTRO OFICIAL No. 156 DE 31 DE OCTUBRE DE 2025
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 31/10/2025

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