
COMPENDIO

FE DE ERRATAS -RESOLUCIÓN No. JPRF-F-2024-0129 QUE REFORMÓ LA NORMA QUE REGULA LA RELACIÓN ENTRE EL PATRIMONIO TÉCNICO Y LOS ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO
Extracto: En atención a errores involuntarios detectados en la Resolución No. JPRF-F-2024-0129 que reformó la norma que regula la relación entre el Patrimonio Técnico y los Activos y Contingentes Ponderados por Riesgo, se emitió una fe de erratas a fin de rectificar que en la ponderación de 1,0 para las colocaciones en préstamos o títulos crediticios y demás activos e inversiones físicas y financieras, no se eliminan las 17 cuentas a continuación de la “16-1619 -1611 Cuentas por cobrar menos Cuentas por cobrar para cartera de vivienda vendida al fideicomiso de titularización menos Anticipo para adquisición de acciones”. La Resolución entró en vigencia desde su suscripción.
Número: Resolución No. JPRF-F-2024-0130
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 05/12/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
LEY ORGÁNICA PARA EL ALIVIO FINANCIERO Y EL FORTALECIMIENTO ECONÓMICO DE LAS GENERACIONES EN EL ECUADOR
Extracto: Se publicó en el Registro Oficial y entró en vigencia la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en el Ecuador, la cual establece, entre otras, que las entidades del sector financiero nacional podrán establecer programas de diferimiento extraordinario y temporal sin causar intereses moratorios, gastos, recargos y multas, de conformidad con la regulación que emita la Junta Financiera, medidas que serán revisadas en el término de quince días. Asimismo, dispone que se otorgue crédito tributario para empleadores que no hayan desvinculado trabajadores entre octubre y diciembre, beneficio tributario sobre el cual los bancos grandes quedan excluidos de este beneficio tributario.
Número:
Proponente:
Emisor: Asamblea Nacional
Número de Registro Oficial: Quinto Registro Oficial No. 699
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 27/11/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 09/12/2024
AMPLÍA EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DEL ANEXO DE RETENCIONES EN LA FUENTE BAJO RELACIÓN DE DEPENDENCIA (RDEP)
Extracto: Reforma la norma para la presentación del anexo de retenciones en la fuente bajo relación de dependencia (RDEP) contenida en la Res. No NAC-DGERCGC24-00000002, con el objeto de ampliar el plazo de presentación de dicho Anexo en 11 días adicionales al plazo original, de conformidad al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del sujeto obligado. La Resolución entró en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial.
Número: Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000037
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial: Quinto Suplemento Registro Oficial No. 698
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 04/12/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 05/12/2024
TARIFA GENERAL DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) PARA EL AÑO 2025
Extracto: Mantiene la tarifa general del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en 15%, para el año 2025, con el objetivo de tomar acciones económicas que garanticen los ingresos y a la vez coadyuven la sostenibilidad de las finanzas públicas, la estabilidad fiscal y para enfrentar el conflicto armado interno. El Decreto entrará en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial, hecho que no ha ocurrido y será informado oportunamente.
Número: Decreto Ejecutivo No. 470
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: Cuarto Suplemento Registro Oficial No. 700
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 04/12/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 10/12/2024
NORMA PARA EL PROCESO DE FIJACIÓN DEL SALARIO BÁSICO UNIFICADO DEL TRABAJADOR EN GENERAL
Extracto: Reforma el proceso de fijación del salario básico unificado del trabajador en general (SBU). Entre otras disposiciones, indica que el Ministerio del Trabajo convocará a la primera sesión del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios dentro del cuarto trimestre del año para la presentación de los indicadores respecto de la coyuntura económica nacional, y en el caso de haber consenso entre empleador y trabajador se fijará el SBU del trabajador, caso contrario se procederá a convocar a una segunda sesión y, de no existir un consenso, el Ministro emitirá el Acuerdo Ministerial con la fijación del SBU hasta el 31 de diciembre del año en curso. El Acuerdo entró en vigencia desde su suscripción, esto es 07 de noviembre de 2024.
Número: Acuerdo Ministerial No. MDT-2024-220
Proponente:
Emisor: Ministerio de Trabajo
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 696
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 07/11/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 03/12/2024

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