
RESOLUCIONES

ACTUALIZA ANEXO DE RETENCIONES EN LA FUENTE BAJO RELACIÓN DE DEPENDENCIA (RDEP)
Extracto: Actualiza la norma para para la aplicación del deber formal de presentación del Anexo de retenciones en la fuente del impuesto a la renta por los ingresos del trabajo bajo relación de dependencia (Anexo RDEP).Entre otras disposiciones, amplía la entrega del Anexo RDEP del período comprendido desde el 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023, de acuerdo al siguiente calendario:
Número: Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000002
Proponente:
Emisor: SERVICIO DE RENTAS INTERNAS (SRI)
Número de Registro Oficial: Primer Suplemento Registro Oficial No. 476
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 10/01/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 12/01/2024
REFORMA LA NORMA QUE REGULA EL PORCENTAJE DE ENCAJE Y RESERVAS DE LIQUIDEZ DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR FINANCIERO PÚBLICO, PRIVADO Y POPULAR Y SOLIDARIO
Extracto: Elimina el requerimiento progresivo de encaje para las entidades financieras para los años 2024 y 2025, y establece que, desde el 01 de enero de 2024, las entidades del sector financiero privado y público mantendrán el siguiente porcentaje de encaje: a) las entidades con activos menores o iguales a USD 1.000 millones deberán mantener un nivel de encaje del 4,0% (antes 5%). Porcentaje que es el actual alcanzado en el año 2023 de acuerdo al cronograma de cumplimiento que se dejó sin efecto; y, b) se mantiene que las entidades con activos superiores a USD 1.000 millones deberán mantener un nivel de encaje del 5,0% (sin cambios).
Número: Resolución No. JPRM-2023-026-M
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 485
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 28/12/2023
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 25/01/2024
REFORMA LA NORMA DEL SEGURO DE DEPÓSITOS – CONTRIBUCIONES ORDINARIAS Y EXTRAORDINARIAS
Extracto: Establece una prima fija para el año 2024 del 0,06% anual, esto en lugar de la condición que determinaba que esta prima fija dependería de alcanzar el nivel objetivo del fondo y que se mantenga sobre el 13%. (0.6% si estaba por debajo y 0,06% si estaba por encima del 13% de cobertura). Además, restablece la contribución extraordinaria al Seguro de Depósitos para las entidades financieras privadas, que se aplicará bajo la condición de que cuando la relación entre el patrimonio del Seguro de Depósitos del Sector Financiero Privado y los depósitos cubiertos de dicho sector se encontrasen por debajo del 13%, las EFIS Privadas deberán pagar la contribución extraordinaria de hasta el 1% de los depósitos cubiertos. Cuando se alcance o supere el antedicho 13%, la COSEDE realizará las acciones necesarias para dejar sin efecto la contribución extraordinaria.
Número: Resolución No. JPRF-F-2023-094
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial: Primer Suplemento Registro Oficial No. 479
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 29/12/2023
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 17/01/2024
REFORMA LA NORMA DE CONTROL PARA LA APERTURA, TRASLADO Y CIERRE DE OFICINAS
Extracto: Reforma la Norma de Control para la Apertura, Traslado y Cierre de Oficinas de Entidades del Sector Financiero Popular y Solidario. Entre otras disposiciones, agrega que para la apertura de cada sucursal y agencia se requerirá de estudios y análisis de factibilidad (evaluación de mercado objetivo, capacidad económica de la entidad, evaluación de riesgos de mercado, entre otros).
Número: Resolución SEPS-IGT-IGS-INR-INSEPS-INSESF-INGINT-2023-0370
Proponente:
Emisor: SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 21/12/2023
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
REFORMA LA NORMA DE CONTROL QUE REGULA LA CALIFICACIÓN DE LAS COMPAÑÍAS CALIFICADORAS DE RIESGO
Extracto: Reforma la Norma de Control que Regula la Calificación de las Compañías Calificadoras de Riesgo y la Actividad de Calificación de Riesgo en las Entidades del Sector Financiero Popular y Solidario. Agrega que las actas suscritas por el Comité de Calificación de Riesgo podrán constar en soporte digital y con firma digital por los miembros y secretario, así como que en el Comité participará con voz y voto por lo menos un miembro de la firma calificadora internacional asociada a la compañía nacional, quien podrá participar en persona o por medio tecnológico.
Número: Resolución No. SEPS-IGT-IGS-INR-INSEPS-INGINT-2023-0366
Proponente:
Emisor: SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 20/12/2023
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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