
RESOLUCIONES

REFORMA EL CAPÍTULO XXXVI “SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO”
Extracto: Reforma el Capítulo XXXVI "Sector Financiero Popular y Solidario" de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros. Entre otras disposiciones, incorpora que la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria dictará la norma de control para la determinación contable de los excedentes de las Cooperativas de Ahorro y Crédito, para que las mismas puedan disponer el pago de un interés con el saldo de sus excedentes si los hubiere, de acuerdo a lo resuelto por la Asamblea General. La Resolución fue publicada en la web de esta entidad la presente semana y entró en vigencia desde su suscripción.
Número: Resolución No. JPRF-F-2024-0102
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 525
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 08/03/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 25/03/2024
REFORMA LA NORMA DE CONTROL PARA LA CALIFICACIÓN, PRESTACIÓN Y SUPERVISIÓN DE SERVICIOS AUXILIARES A LAS ENTIDADES DEL SECTOR FINANCIERO POPULAR Y SOLIDARIO
Extracto: Entre otras disposiciones, incorpora que las entidades que vayan a prestar servicios auxiliares, deberán cumplir con un nivel de solvencia, esto es, que la relación entre patrimonio y activos mínimo del treinta y tres punto treinta y tres por ciento (33.33%), el cual será verificado del balance general y estado de resultados. Agrega que las organizaciones y las compañías prestadoras de servicios auxiliares deberán presentar de forma anual para fines de supervisión los estados financieros y el listado de contratos celebrados con entidades del sector financiero popula y solidario. Adicionalmente con la Resolución No. SEPS-IGT-INSESF-INSEPS-INR-INGINT-2024-0042 rectifica que una vez que se hayan cumplido los requisitos previstos en los artículos 3 (requisitos) y 4 (procedimiento de calificación de solicitud) de la norma de control, la SEPS, conferirá, mediante resolución la calificación de la entidad.
Número: Resoluciones No. SEPS-IGT-INSESF-INSEPS-INR-INGINT-2024-0038 y No. SEPS-IGT-INSESF-INSEPS-INR-INGINT-2024-0042
Proponente:
Emisor: SUPERINTENDENCIA DE ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 529
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 04/03/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 01/04/2024
CRONOGRAMA PARA PROCESO ELECTORAL “REFERÉNDUM Y CONSULTA POPULAR 2024”
Extracto: Aprueba la actualización del calendario electoral para el “Referéndum y Consulta Popular 2024”. Al respecto, establece que el sufragio de dicho proceso electoral se desarrollará el domingo 21 de abril de 2024.
Número: Resolución No. PLE-CNE-1-15-2-2024
Proponente:
Emisor: CONSEJO NACIONAL ELECTORAL
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 15/02/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 22/02/2024
EXTIENDE LA VIGENCIA DEL CARNÉ DE DISCAPACIDAD DEL CONADIS Y MSP
Extracto: Extiende la vigencia de la especie “carné de discapacidad CONADIS” y “carné de discapacidad Ministerio de Salud Pública – MSP”, hasta el 31 de diciembre del 2024.
Número: Resolución No. 002-CONADIS-2023
Proponente:
Emisor: CONSEJO NACIONAL PARA LA IGUALDAD DE DISCAPACIDADES
Número de Registro Oficial: Tercer Suplemento Registro Oficial No. 502
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 28/12/2023
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 21/02/2024
REFORMA LA NORMA TÉCNICA PARA ACCEDER A LA DEDUCIBILIDAD DE HASTA EL 150% ADICIONAL DEL IMPUESTO A LA RENTA POR PATROCINIO DE PROPUESTAS CULTURALES
Extracto: Entre otras disposiciones, elimina la categorización por monto de patrocinio y determina de forma general que el monto máximo del patrocinio en la calificación de cada propuesta es de 500.000,00 dólares, pudiendo cada solicitante calificar hasta un máximo del 10% sobre el dictamen del monto del techo presupuestario. Incorpora que se podrá contar con uno o varios patrocinadores para una misma propuesta, así como agrega que para los patrocinadores pertenecientes del sector financiero, se sugiere que el pedido de certificación se realice máximo hasta el 15 de diciembre de cada año. No obstante, las solicitudes de certificación se podrán ingresar hasta el 31 de enero del siguiente año fiscal.
Número: Acuerdo Ministerial No. MCYP-MCYP-2024-0015-A
Proponente:
Emisor: MINISTERIO DE CULTURA Y PATRIMONIO
Número de Registro Oficial: Tercer Suplemento Registro Oficial No. 502
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 19/01/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 21/02/2024

Avenida República de El Salvador N35-204 y Suecia,
Edificio Delta 890 / Piso 7
Teléfonos: (593-2) 2466670 – 2466671 – 2466672
E-mail: contacto@asobanca.org.ec
Quito – Ecuador

