
RESOLUCIONES

SUSPENSIÓN DE TÉRMINOS Y PLAZOS EN PROCEDIMIENTOS DISPUESTOS POR EL MINISTERIO DEL TRABAJO
Extracto: En atención a la suspensión de la jornada laboral para el sector público y privado de 31 de octubre de 2024 (Decreto Ejecutivo No. 438), el Ministerio de Trabajo suspendió el día 31 de octubre de 2024 para la contabilización de todos los términos y plazos para el inicio y la tramitación de vistos buenos, de boletas únicas, de pliego de peticiones, de negociaciones y reclamaciones de contratos colectivos, inspección, integral, focalizada, o electrónica, recursos administrativos, acciones de cobro, trámites colectivos, de mediaciones, de audiencias, sumarios administrativos, de comparecencias, prescripciones y demás procesos administrativos seguidos ante todas las Direcciones Regionales del Ministerio del Trabajo y sus delegaciones. Adicionalmente, establece que los términos y plazos se reanudaron a partir del 05 de noviembre de 2024. La Resolución entró en vigencia desde su suscripción, esto es 28 de octubre de 2024.
Número: Resolución No. MDT-2024-065
Proponente:
Emisor: Ministerio de Trabajo
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 699
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 28/10/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 09/12/2024
FE DE ERRATAS -RESOLUCIÓN No. JPRF-F-2024-0129 QUE REFORMÓ LA NORMA QUE REGULA LA RELACIÓN ENTRE EL PATRIMONIO TÉCNICO Y LOS ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO
Extracto: En atención a errores involuntarios detectados en la Resolución No. JPRF-F-2024-0129 que reformó la norma que regula la relación entre el Patrimonio Técnico y los Activos y Contingentes Ponderados por Riesgo, se emitió una fe de erratas a fin de rectificar que en la ponderación de 1,0 para las colocaciones en préstamos o títulos crediticios y demás activos e inversiones físicas y financieras, no se eliminan las 17 cuentas a continuación de la “16-1619 -1611 Cuentas por cobrar menos Cuentas por cobrar para cartera de vivienda vendida al fideicomiso de titularización menos Anticipo para adquisición de acciones”. La Resolución entró en vigencia desde su suscripción.
Número: Resolución No. JPRF-F-2024-0130
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 05/12/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
AMPLÍA EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DEL ANEXO DE RETENCIONES EN LA FUENTE BAJO RELACIÓN DE DEPENDENCIA (RDEP)
Extracto: Reforma la norma para la presentación del anexo de retenciones en la fuente bajo relación de dependencia (RDEP) contenida en la Res. No NAC-DGERCGC24-00000002, con el objeto de ampliar el plazo de presentación de dicho Anexo en 11 días adicionales al plazo original, de conformidad al noveno dígito del Registro Único de Contribuyentes (RUC) del sujeto obligado. La Resolución entró en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial.
Número: Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000037
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial: Quinto Suplemento Registro Oficial No. 698
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 04/12/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 05/12/2024
REFORMA LA NORMA QUE REGULA LA RELACIÓN ENTRE EL PATRIMONIO TÉCNICO Y LOS ACTIVOS Y CONTINGENTES PONDERADOS POR RIESGO
Extracto: Dentro de los activos ponderados por riesgos en la cuenta 16 Cuentas por cobrar, establece que no se considere a los anticipos para adquisición de acciones (1611). Adicionalmente, incluye en los factores de ponderación, con un factor de 2,5 a: 1. El saldo de las inversiones en acciones locales y del exterior que se encuentran dentro del proceso de consolidación. 2. El capital asignado de las agencias o sucursales del exterior. 3. Los saldos registrados en la cuenta 1611 "Anticipo para adquisición de acciones", cuando correspondan a inversiones en acciones, anticipos en la capitalización o constitución de compañías subsidiarias o afiliadas. 4. El saldo de las inversiones en afiliadas que supere los umbrales establecidos La Resolución entró en vigencia desde su suscripción. Nota*: Respecto a las cuentas eliminadas (17) posterior a la 1616 – 1619 -1611, se ha indicado que sería un error, por lo que se estaría elaborando la respectiva fe de erratas a fin de subsanarlo.
Número: Resolución No. JPRF-F-2024-0129
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 706
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 29/11/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 18/12/2024
REFORMA LA NORMA QUE REGULA LA CONFORMACIÓN DEL PATRIMONIO TÉCNICO TOTAL E INCORPORA LA DEL REQUERIMIENTO DE PATRIMONIO TÉCNICO PRIMARIO ADICIONAL POR EFECTO CONTRACÍCLICO
Extracto: Incorpora que las entidades de los sectores financieros público y privado deberán mantener en todo momento, como mínimo, el seis por ciento (6%) de la relación entre el patrimonio técnico primario y los activos y contingentes ponderados por riesgo. De igual forma, agrega la norma que regula el requerimiento adicional de PT Primario por efecto contra cíclico en las entidades y grupos financieros, así como establece que dicho requerimiento se activará únicamente por resolución de la Junta Financiera, previo informe técnico fundamentado presentado por las superintendencias (de Bancos y de la Economía Popular y Solidaria). La Resolución entró en vigencia desde su suscripción
Número: Resolución No. JPRF-F-2024-0128
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 706
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 29/11/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 18/12/2024

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