
RESOLUCIONES

Reforma Norma apertuta de cuenta basica para extranjeros en Entidades Bancarias
Extracto: En caso de solicitantes de protección internacional, será requisito único la presentación de su documentación de identidad (cédula de identidad o pasaporte expedido por el país de origen) y de la visa humanitaria expedida por la autoridad de movilidad humana. De tratarse de personas reconocidas como apátridas y refugiadas se requerirá como único requisito la cédula de identidad otorgada de conformidad con la Ley de Movilidad Humana.
Número: 612-2020-F
Proponente:
Emisor: Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
Número de Registro Oficial: 397
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 26/11/2020
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 24/02/2021
Resolucion Nro. 611-2020-F Reforma Norma apertura de cuentas en Bancos para refugiados.
Extracto: En caso de solicitantes de protección internacional, será requisito único la presentación de su documentación de identidad (cédula de identidad o pasaporte expedido por el país de origen) y de la visa humanitaria. Si son personas reconocidas como apátridas y refugiadas se requerirá como único requisito la cédula de identidad otorgada de conformidad con la Ley.
Número: Nro. 611-2020-F
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN MONETARIA Y FINANCIERA
Número de Registro Oficial: 397
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 26/11/2020
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 24/02/2021
Reformas al Procedimiento para la declaración informativa de transacciones exentas-no sujetas al pago del ISD S RO 354 20201222
Extracto: En cuanto a la exoneración por pagos de financiamiento del exterior, para cumplir su efecto, se incorpora que, en el caso de que el pago se realice a un tercero que no corresponda a la entidad financiera que otorgó el crédito, se deberá presentar la documentación que acredite el acuerdo realizado con la entidad financiera, tales como contratos o acuerdos, con las solemnidades que exija la ley en cada caso, en virtud de la cual se justifica que en las condiciones para el otorgamiento del crédito consta la intervención de dicho tercero.
Número: NAC-DGERCGC20-00000069
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial: 354
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 26/11/2020
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 21/12/2020
Medidas Transitorias aplicables en el DM de Quito entre 1 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021 por el COVID-19
Extracto: Medidas Transitorias aplicables en el Distrito Metropolitano de Quito para el período comprendido entre el 1 de diciembre de 2020 y el 1 de enero de 2021 en el contexto de la pandemia del COVID-19”.
Número: A-087
Proponente:
Emisor: MUNICIPIO DE QUITO
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 30/11/2020
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Normas de aplicación para el pago del anticipo voluntario del Impuesto a la Renta 2S del RO de 22122020
Extracto: Los sujetos pasivos, sean personas naturales, sucesiones indivisas, o sociedades, incluidas las sucursales de sociedades extranjeras residentes y los establecimientos permanentes de sociedades extranjeras no residentes, podrán efectuar este anticipo voluntario.
Número: NAC-DGERCGC20-00000071
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial: 355
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 04/11/2020
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 22/12/2020

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