
RESOLUCIONES

INSTRUCTIVO PARA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO CONSULTIVO DE ASOCIACIONES PÚBLICO – PRIVADAS
Extracto: Se emiten los lineamientos para el funcionamiento de este Consejo Consultivo, estableciéndose los requisitos para la acreditar de sus miembros, así como la metodología para requerir opiniones a los mismos en los temas que tratará. Podrán integrar este Consejo Consultivo, las personas jurídicas que sean corporaciones de primer, segundo o tercer grado que agrupen a empresas de los sectores de la construcción, industriales, productivos, sistema financiero, mercado de valores y seguros; así como también universidades, Escuelas Politécnicas, Consorcios o Asociaciones de Gobiernos Autónomos Descentralizados del Ecuador.
Número: Resolución Nro. SIPP-2022-0012
Proponente:
Emisor: Secretaría de Inversiones Públicos - Privadas
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 13/01/2023
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
NORMA TÉCNICA ECUATORIANA TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN – TÉCNICAS DE SEGURIDAD
Extracto: Se aprobó con el carácter de voluntaria la Tercera edición de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO/IEC 27006, Tecnologías de la información – Técnicas de seguridad – Requisitos para organismos que proveen auditoría y certificación de sistemas de gestión de seguridad de la información (ISO/IEC 27006:2015 + Amd. 1:2020, IDT), que especifica los requisitos y proporciona orientación para los organismos que proveen auditoría y certificación de un sistema de gestión de seguridad de la información (SGSI), además de los requisitos contenidos en ISO/IEC 17021-1 e ISO/IEC 27001.
Número: Resolución Nro. MPCEIP-SC-2022-0290-R
Proponente:
Emisor: MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Número de Registro Oficial: Registro Oficial Nro. 221
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 16/12/2022
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 03/01/2023
REFORMA NORMAS QUE ESTABLECEN LAS CONDICIONES, PLAZOS Y LAS EXCEPCIONES PARA INFORMAR LA COMPOSICIÓN SOCIETARIA
Extracto: Los sujetos obligados a presentar la información prevista en esta resolución deberán informar a través del Anexo de Accionistas, Partícipes, Socios, Miembros de Directorio y Administradores, respecto del 100% de sus titulares o beneficiarios de derechos representativos de capital obligados a ser reportados, hasta llegar al último nivel de propiedad. El SRI dispuso que este Anexo correspondiente al periodo fiscal 2022, podrá ser presentado hasta el 28 de marzo de 2023.
Número: RESOLUCIÓN NRO. NAC-DGERCGC22-00000065
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 22/12/2022
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
REFORMA NORMAS PARA EMISIÓN, ENTREGA Y TRANSMISIÓN DE COMPROBANTES DE VENTA MEDIANTE EL ESQUEMA DE COMPROBANTES ELECTRÓNICOS
Extracto: Los sujetos pasivos que emitan comprobantes electrónicos deberán transmitirlos a la Administración Tributaria en el momento mismo de realizarse la generación del comprobante electrónico, o hasta dentro de un máximo de setenta y dos horas de haberse generado el mismo, utilizando para ello los enlaces "web services" dispuestos en la "Ficha Técnica de Comprobantes Electrónicos.
Número: Resolución Nro. NAC-DGERCGC22-00000064
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 29/12/2022
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
REFORMA NORMAS PARA LA DESIGNACIÓN DE LIQUIDADORES DE LAS ENTIDADES DEL SECTOR FINANCIERO PÚBLICO Y PRIVADO SOMETIDAS A PROCESOS DE LIQUIDACIÓN
Extracto: Se incluyó como prohibición en la designación de liquidadores, el registrar créditos castigados que se encuentren impagos. El proceso liquidatario no podrá superar los 3 años y podrá ser prorrogado por dos 2 años, previa su solicitud, sustentada por el liquidador y autorizada por el Superintendente de Bancos. Por excepción, el Organismo de Control podrá designar como liquidador a uno de sus funcionarios únicamente cuando la entidad en liquidación no cuente con la capacidad económica de cubrir los honorarios del liquidador. Dicha designación no podrá superar los tres años, a menos que se presente solicitud motivada de prórroga, la misma que no podrá exceder dos años adicionales.
Número: Resolución Nro. SB-2022-2315
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial: Registro Oficial Nro. 222
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 13/12/2022
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 04/01/2023

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