
RESOLUCIONES

COBERTURA DEL FONDO DE SEGUROS PRIVADOS
Extracto: La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria modificó el monto de cobertura del Fondo de Seguros Privados, estableciendo que la COSEDE pagará el seguro de seguros privados, en función de la capacidad del Fondo, hasta un monto protegido total de USD 4.000,00 por asegurado o beneficiario, en contraste con el monto previo máximo de USD 1.500,00. Esta reforma sustituye el primer inciso del artículo 6 de la Sección II “De la Cobertura del Fondo de Seguros Privados” de la Codificación de Resoluciones Monetarias, Financieras, de Valores y Seguros, y tiene por objeto actualizar el límite de cobertura aplicable a los asegurados del sistema de seguros privados. La Resolución entró en vigencia a partir de su expedición, esto es, el 23 de diciembre de 2025.
Número: RESOLUCIÓN No. JPRFM-2025-016-S
Proponente:
Emisor: Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 23/12/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
FE DE ERRATAS A LA NORMA DE CONTROL PARA LA EVALUACIÓN DE LA ADECUACIÓN DEL CAPITAL INTERNO (ICAAP) Y A LA NORMA DE CONTROL DE RIESGOS DE LAS ENTIDADES DE SERVICIOS FINANCIEROS TECNOLÓGICOS
Extracto: La Superintendencia de Bancos emitió una fe de erratas a la normativa ICAAP, expedida con la Resolución No. SB-2025-02320 de 24 de septiembre de 2025, con el fin de corregir la fecha de corte para la presentación del primer Informe de Autoevaluación de Capital, precisando que deberá presentarse con corte al 31 de diciembre de 2026 (y no 31 de diciembre de 2025, como constó originalmente). Adicionalmente, rectifica la referencia normativa con respecto a la Norma de control para la gestión integral y administración de riesgos de las entidades de servicios financieros tecnológicos, expedida mediante la Resolución No. SB-2025-02323 de 25 de septiembre de 2025, indicando que corresponde al Capítulo XII, en lugar del Capítulo XI del Título IX. La resolución entró en vigencia desde su expedición, esto es el 26 de noviembre de 2025.
Número: RESOLUCIÓN No. SB-2025-02809
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 26/11/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
REFORMA A LA NORMA DE CONTROL DEL DEFENSOR DEL CLIENTE DE LAS ENTIDADES FINANCIERAS
Extracto: La Superintendencia de Bancos reformó la norma sobre el Defensor del Cliente, a través de la cual, incorpora la definición de conflicto de intereses y elimina la facultad del defensor de iniciar investigaciones o emitir propuestas no vinculantes. Exige presencia física obligatoria en la entidad, con atención presencial y telemática a solicitud del usuario, y la obligación de reportar consultas y reclamos recurrentes al organismo de control. Las entidades financieras deberán registrar la asistencia del defensor, reportar ausencias de inmediato y remitir un informe mensual que incluya asistencia y honorarios, además de suscribir un contrato obligatorio conforme al modelo incorporado en la reforma. Dispone que, si no existe acuerdo en conciliación, el expediente deberá remitirse a la Superintendencia en cinco días. La reforma también regula nuevas causales de terminación, y la posibilidad de contar con equipo de apoyo cuando el volumen mensual supere 60 reclamos. En virtud de que la norma no refiere fecha de entrada en vigencia, en aplicación de la ley vigente, la misma entrará en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial, lo que no ha sucedido al cierre del presente boletín.
Número: RESOLUCIÓN No. SB-2853
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 28/11/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
NORMA DE CONTROL PARA EL FUNCIONAMIENTO DE ESPACIOS CONTROLADOS DE PRUEBAS REGULATORIAS (SANDBOXES REGULATORIOS)
Extracto: La Superintendencia de Bancos expidió la norma de control para el funcionamiento de Sandboxes regulatorios aplicables a proyectos piloto Fintech y desarrollos innovadores. La misma, establece un proceso de autorización que incluye convocatoria, evaluación técnica y jurídica, licencia temporal de operación por un año, renovable una sola vez, y la suscripción de un protocolo de pruebas con límites, métricas y controles. Las entidades participantes deberán constituir garantías para proteger fondos de usuarios, cumplir obligaciones prudenciales y de reporte, notificar incidentes en 24 horas y recabar consentimiento expreso mediante un Documento Informativo Único aprobado por la Superintendencia. Incorpora supervisión basada en riesgos, monitoreo técnico permanente y la obligación de presentar un informe final, tras lo cual la Superintendencia elevará una recomendación regulatoria a la Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria, y publicará un informe anual de resultados. La resolución entró en vigencia desde su suscripción, esto es, el 28 de noviembre de 2025.
Número: RESOLUCIÓN No. SB-2025-2852
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 28/11/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
REFORMA A LA NORMA SOBRE PORCENTAJE DE ENCAJE Y RESERVAS DE LIQUIDEZ
Extracto: La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria reformó la norma de encaje y reservas de liquidez aplicable a las entidades del sistema financiero incrementando el porcentaje máximo de inversión para bancos privados en instrumentos emitidos por el Ministerio de Economía y Finanzas del 20% al 45%, y dispone que el encaje ajustado conforme estas reformas se aplique entre el 15 y 21 de enero de 2026. Asimismo, se aumentan los requerimientos de encaje para cooperativas de los segmentos 1 y Cajas Centrales, así como para las Mutualistas, que pasa del 3,5% al 4,0%; para cooperativas del segmento 2, del 2,0% al 2,5%; y se incorpora un requerimiento del 1,0% para las cooperativas del segmento 3. La resolución entró en vigencia desde su expedición, esto es, el 03 de diciembre de 2025.
Número: RESOLUCIÓN No. JPRFM-2025-014-M
Proponente:
Emisor: Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 03/12/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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