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Dictamen No. 3-20-EE-20
Extracto: Constitucionalidad del Decreto Ejecutivo No. 1074 sobre la declaratoria del estado de excepción.
Número: 1074
Proponente:
Emisor: CORTE CONSTITUCIONAL
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 29/06/2020
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Programa de Acompañamiento a Deudores – PAD
Extracto: Para darle continuidad y consolidar esta estrategia que se puso en marcha desde marzo pasado con las Circulares Externas 007 y 014 de 2020, el Supervisor colombiano crea el Programa de Acompañamiento a Deudores – PAD, que contiene un conjunto de medidas complementarias en las que se combinan lineamientos prudenciales y de atención al consumidor financiero para el tratamiento de los deudores ante su nueva realidad económica.
Número: 07-2020
Proponente:
Emisor: SUPERINTENDENCIA FINANCIERA DE COLOMBIA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 01/07/2020
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Reformas Resoluciones sobre diferimiento de obligaciones crediticias por el COVID-19
Extracto: Se dispuso reformas a las citadas resoluciones (569-2020-F y 582-2020-F), ampliando la vigencia de los plazos originales, dispuestos para el diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias.
Número: JPRMF-2020-0210-O
Proponente:
Emisor: Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 02/07/2020
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Precisiones a las medidas prudenciales emitidas durante el estado de emergencia nacional
Extracto: En referencia a algunas puntualizaciones a las disposiciones expedidas, se ha resuelto: Con relación a la suspensión del conteo de los días de atraso aplicable a aquellos créditos que presentaban más de 15 días calendario de atraso al 29 de febrero de 2020, esta deberá mantenerse sólo hasta el 31 de julio de 2020, tanto para aquellos créditos que presentaban más de 15 y hasta 60 días de atraso, como para aquellos créditos que presentaban más de 60 días de atraso. De la misma forma, las empresas del sistema financiero podrán mantener la situación contable de dichos créditos hasta la misma fecha.
Número: 15944-2020-SBS
Proponente:
Emisor: SUPERINTENDENCIA DE BANCOS DE PERÚ
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 02/07/2020
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
ANEXO CODIFICACIÓN DE REFORMA A LA NORMA DE DIFERIMIENTO EXTRAORDINARIO DE OBLIGACIONES CREDITICIAS
Extracto: La Superintendencia de Bancos pone en conocimiento del Sistema Financiero Nacional de las reformas dispuestas a las Resoluciones Nro. 569-2020-F y Nro. 582-2020-F, expedidas por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, sobre el diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias.
Número: 569-2020-F - 582-2020-F
Proponente:
Emisor: ASOBANCA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 08/07/2020
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 07/08/2020

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