
DECRETOS PRESIDENCIALES

DECRETO EJECUTIVO 726 FERIADO 1 DE MAYO
Extracto: Mediante Decreto Ejecutivo Nro. 726 de 25 de abril de 2019, se ha dispuesto la suspensión de la jornada de trabajo a partir de las 12:30pm, para todos los trabajadores del sector privado y servidores del sector público, el día primero de mayo de 2019. Esta media hora de jornada de trabajo que se dispone suspender, será recuperada en el sector público en razón de una hora adicional durante cuatro días, a partir del 6 de mayo de 2019. El sector privado podrá acogerse a esta compensación, conforme lo estime pertinente, según la particularidad de las necesidades del empleador. Es importante considerar que, durante el lapso de la suspensión de la jornada laboral de trabajo, se deberá garantizar la provisión de los servicios públicos básicos, para lo cual, las autoridades del sector público, dispondrán el personal suficiente para satisfacer las demandas de la colectividad.
Número: 726
Proponente:
Emisor: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 25/04/2019
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
DECRETO EJECUTIVO 729
Extracto: Con estas nuevas disposiciones, se derogó el Decreto Nro. 726 de 25 de abril, que trajo como cambio importante la suspensión total de la jornada laboral del miércoles 1 de mayo. En cuanto a la recuperación de la jornada, si bien para el sector público se ha planificado su modalidad, para el sector privado, se podrá acoger a la compensación, conforme lo estime pertinente, según las necesidades del empleador.
Número: DECRETO EJECUTIVO 729
Proponente:
Emisor: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 30/04/2019
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Paguen cuotas de impuesto a la renta
Extracto: Se ha dispuesto la sustitución del inciso b) del referido artículo, para que el anticipo del Impuesto a la Renta, pueda ser pagado en cinco cuotas. Es decir, las compañías establecidas en Ecuador tienen desde los meses de julio hasta noviembre para cancelar el tributo. El rubro por anticipo del IR se cobrará desde el 10 de cada mes hasta el 28, según el noveno dígito del RUC. Desde Presidencia se ha dado a conocer que la medida se adoptó para dar de mayor liquidez a las empresas, en especial las más pequeñas.
Número: DECRETO EJECUTIVO Nro. 806
Proponente:
Emisor: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 25/06/2019
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Decreto 1017
Extracto: Decretese estado de excepción en el territorio nacional por el Covid-19
Número: Decreto 1017
Proponente:
Emisor: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 27/10/2003
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
Decreto 1030
Extracto: Podrán acogerse al Art. 2 del Decreto 1021 (Regulaciones temporales y especiales para el pago de impuestos nacionales), las pequeñas o medianas empresas de cualquier actividad económica, salvo aquellas que, al 1 de abril de 2020, hayan tenido registrado en el RUC como actividad económica principal, dentro de la actividad general de “Actividades financieras y de seguros”: Actividades auxiliares de las actividades de servicios financieros; y/o, Actividades de servicios financieros, excepto las de seguros y fondos de pensiones.
Número: Decreto 1030
Proponente:
Emisor: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 04/05/2020
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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