
DECRETOS PRESIDENCIALES

SUSPENSIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN EL CANTÓN AMBATO
Extracto: La Presidenta de la República Reemplazante, María José Pinto, dispuso la suspensión de la jornada laboral del 12 de noviembre de 2025 para el sector público y privado en el cantón Ambato, con motivo de la conmemoración de la independencia de la ciudad. El Decreto establece que las entidades del sector privado podrán recuperar la jornada mediante una hora adicional durante los días laborables siguientes. El Decreto entró en vigencia desde su suscripción, esto es, el 11 de noviembre de 2025.
Número: DECRETO EJECUTIVO No. 210
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: Séptimo Suplemento del Registro Oficial No. 164
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 11/11/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 14/11/2025
REFORMA AL REGLAMENTO CODIFICADO DE REGULACIÓN DE PRECIOS DE DERIVADOS DE HIDROCARBUROS
Extracto: La Presidenta de la República Reemplazante, María José Pinto, reformó el Reglamento Codificado de Regulación de Precios de Derivados de Hidrocarburos, estableciendo el margen de comercialización (Mgc) para la gasolina Extra y Extra con Etanol en 0,1903125 USD por galón, sin IVA, lo que, según información difundida por la Presidencia de la República a través de un comunicado en la red social X, representaría una disminución de 7 centavos de dólar por galón en el precio de estas gasolinas con respecto al mes de octubre. El Decreto Ejecutivo entró en vigencia desde las 00h00 del 12 de noviembre de 2025.
Número: DECRETO EJECUTIVO No. 209
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: Séptimo Suplemento del Registro Oficial No. 164
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 11/11/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 14/11/2025
DECRETO EJECUTIVO No. 204: SUSPENSIÓN DE LA JORNADA LABORAL EN LA PROVINCIA DE SANTA ELENA
Extracto: El Presidente de la República dispuso la suspensión de la jornada laboral del viernes 7 de noviembre de 2025 para el sector público y privado en la provincia de Santa Elena con motivo de la conmemoración del aniversario de provincialización. El Decreto establece que las entidades del sector privado podrán recuperar la jornada suspendida mediante una hora adicional durante los días laborables siguientes. Asimismo, dispone que durante la suspensión se deberá garantizar la provisión de servicios básicos y bancarios, entre otros, por lo que las instituciones deberán mantener el personal mínimo necesario para atender las demandas de la ciudadanía. El Decreto Ejecutivo entró en vigencia a partir de su suscripción, esto es, el 6 de noviembre de 2025.
Número: DECRETO EJECUTIVO No. 204
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
DECRETO EJECUTIVO No. 202: DECLARATORIA DE ESTADO DE EXCEPCIÓN
Extracto: El Presidente de la República, Daniel Noboa Azín, decretó un nuevo Estado de Excepción por 60 días en las provincias de Manabí, Guayas, Santa Elena, Los Ríos, El Oro, y en los cantones La Maná (Cotopaxi) y Las Naves y Echeandía (Bolívar), debido al incremento de la violencia, la comisión de delitos y el intento de control territorial por parte de grupos criminales en dichas zonas, en el contexto del conflicto armado interno. El Decreto suspende el derecho a la inviolabilidad de domicilio y correspondencia, sin establecer toque de queda. Se mantienen las medidas dispuestas en los Decretos Ejecutivos Nos. 76, 109 y 175, que perdieron vigencia el 5 de noviembre de 2025. El Decreto Ejecutivo entró en vigencia a partir de su suscripción, esto es, el 4 de noviembre de 2025.
Número: DECRETO EJECUTIVO No. 202
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 04/11/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
DECRETO EJECUTIVO No. 196: REDUCCIÓN DE LA TARIFA DEL IVA AL 8% EN ACTIVIDADES TURÍSTICAS DURANTE EL FERIADO NACIONAL DE NOVIEMBRE
Extracto: El Presidente de la República dispuso la reducción temporal de la tarifa del Impuesto al Valor Agregado (IVA) al 8% para los servicios definidos como actividades turísticas en las provincias de Carchi e Imbabura, y en los cantones Cayambe y Pedro Moncayo de la provincia de Pichincha, aplicable durante el feriado nacional de noviembre, desde el sábado 1 hasta el martes 4 de noviembre de 2025. El Ministerio de Turismo publicó en su portal institucional el catastro específico de los 816 establecimientos beneficiados por la reducción de la tarifa del IVA conforme al Decreto Ejecutivo de la referencia. El Decreto entró en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Número: DECRETO EJECUTIVO No. 196
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: SÉPTIMO SUPLEMENTO DEL REGISTRO OFICIAL No. 154 DE 29 DE OCTUBRE DE 2025
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 29/10/2025

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