
COMPENDIO

CONVENIO DE BUDAPEST EN MATERIA DE CIBERSEGURIDAD
Extracto: Por disposición del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana, se publicó el Convenio de Budapest en materia de Ciberseguridad, y en tal sentido, conforme las disposiciones del propio Convenio, entró en vigencia para el Estado ecuatoriano. El Convenio tiene por objetivo proteger a la sociedad frente a la ciberdelincuencia mediante la adopción de una legislación adecuada y la mejora de la cooperación internacional, reconociendo la necesidad de cooperación entre los Estados y el sector privado, así como la necesidad de proteger los intereses legítimos en la utilización y desarrollo de las tecnologías de la información
Número:
Proponente:
Emisor: Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año):
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 04/04/2025
REFORMA LA NORMA DE LINEAMIENTOS PARA LA IMPLEMENTACIÓN, USO E INTEGRACIÓN DE DOCUMENTOS ELECTRÓNICOS A LA APLICACIÓN MÓVIL GOB.EC
Extracto: El Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información de Ecuador (MINTEL) reformó la Norma de lineamientos para la implementación, uso e integración de documentos electrónicos a la aplicación móvil Gob.ec. Al respecto incorpora que todas las instituciones públicas y privadas, están obligadas a aceptar los documentos electrónicos visualizados en la APP GOB.EC, no obstante, dicha obligatoriedad será de igual forma sobre todos los trámites administrativos que lo permitan, para lo cual, las entidades públicas y privadas deberán adaptar sus procedimientos internos para cumplir con la presente disposición. El Acuerdo entró en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Número: Acuerdo No. MINTEL-MINTEL-2025-0004
Proponente:
Emisor: Ministerio de Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 9
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 11/03/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 31/03/2025
ACTUALIZACIÓN DE SUBPARTIDAS ARANCELARIAS PARA APLICACIÓN DE LA TARIFA DIFERENCIADA DEL IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS (ISD) PARA EL AÑO 2025 – SECTOR PRODUCTIVO
Extracto: El Ministerio de Economía y Finanzas actualizó el listado de subpartidas arancelarias en las cuales se aplicará la tarifa diferenciada del Impuesto a la Salida de Divisas para el sector productivo. Lo indicado, en cumplimiento de lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 589 de 29 de marzo de 2025 el cual extendió hasta el 30 de abril de 2025 la tarifa de Impuesto a la Salida de Divisas del 0% para el listado de subpartidas arancelarias expedidas por el Ministerio de Economía y Finanzas en el Decreto Ejecutivo No. 468 de 24 de diciembre de 2024. El Acuerdo Ministerial entrará en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial
Número: Acuerdo Ministerial No. 014
Proponente:
Emisor: Ministerio de Economía y Finanzas
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 31/03/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):
EXTENSIÓN DE TARIFA DEL IMPUESTO A LA SALIDA DE DIVISAS (ISD)
Extracto: El Presidente de la República extiende hasta el 30 de abril de 2025 la tarifa del Impuesto a la Salida de Divisas del 0% para el listado de subpartidas arancelarias expedido por el Ministerio de Economía y Finanzas. El Decreto entró en vigencia a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Número: Decreto Ejecutivo No. 589
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: Cuarto Suplemento Registro Oficial No. 9
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 29/03/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 31/03/2025
REFORMA LA NORMA DE CONTROL PARA CALIFICACIÓN DE AUDITORES INTERNOS
Extracto: Como resultado de las gestiones que ha llevado a cabo Asobanca respecto a la implementación de la Resolución No. SB-2024-03249 de 05 de diciembre de 2024, que reformó la Norma de Control para la calificación de Auditores Internos, la Superintendencia de Bancos amplió el plazo para la aplicación de la antedicha norma hasta el 31 de diciembre de 2026 (anteriormente era hasta el 01 de abril de 2025). La Resolución entró en vigencia a partir de su suscripción.
Número: Resolución No. SB-2025-00807
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Bancos
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 30
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 31/03/2025
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 01/05/2025

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