
COMPENDIO

REGLAMENTO GENERAL DE APLICACIÓN A LA LEY ORGÁNICA PARA EL FORTALECIMIENTO DE LAS ACTIVIDADES TURÍSTICAS Y FOMENTO DEL EMPLEO
Extracto: Expide el Reglamento General de Aplicación a la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Actividades Turísticas y Fomento del Empleo, para la aplicación de la Ley del mismo nombre e incorpora disposiciones reformatorias a varios cuerpos normativos, entre ellos, el Reglamento para la Aplicación de la Ley de Régimen Tributario Interno. Entre otras disposiciones, establece que los servicios que se prestan de forma habitual, previstos en el Código Orgánico Monetario y Financiero, las comisiones subyacentes de las operaciones activas y otros servicios autorizados que presten las entidades financieras están sujetas al IVA y estarán gravados según la tarifa prevista en la ley.
Número: Decreto Ejecutivo No. 333
Proponente:
Emisor: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Número de Registro Oficial: Tercer Suplemento Registro Oficial No. 600
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 12/07/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 15/07/2024
REDUCCIÓN A 0% EL ISD PARA LA IMPORTACIÓN DE COMBUSTIBLES DERIVADOS DE HIDROCARBUROS, BIOCOMBUSTIBLES, GAS LICUADO Y GAS NATURAL
Extracto: REDUCCIÓN A 0% EL ISD PARA LA IMPORTACIÓN DE COMBUSTIBLES DERIVADOS DE HIDROCARBUROS, BIOCOMBUSTIBLES, GAS LICUADO Y GAS NATURAL
Número: Decreto Ejecutivo No. 325
Proponente:
Emisor: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Número de Registro Oficial: Tercer Suplemento Registro Oficial No. 600
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 11/07/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 15/07/2024
REFORMA LA NORMA DE CONTROL PARA LA ATENCIÓN DE RECLAMOS
Extracto: Reforma la Norma de Control en referencia con el objetivo de contar con términos en los procedimientos de reclamos para lograr mayor agilidad y beneficiar la atención al usuario financiero. Entre otras disposiciones, se mantiene el plazo de 3 días para realizar la devolución de valores por falta de autorización previa e incorpora que el Banco devolverá la totalidad del monto disputado más intereses, calculados desde la fecha que ocurrieron los cargos y cobros del reclamo hasta la fecha de devolución, a la tasa de interés legal. Además, elimina la disposición referente a la obligatoriedad de presentar semestralmente un informe al Organismo de Control con el detalle de los reclamos presentados por parte de los usuarios.
Número: Resolución No. SB-2024-01436
Proponente:
Emisor: SUPERINTENDENCIA DE BANCOS
Número de Registro Oficial: Primer Suplemento Registro Oficial No. 608
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 26/06/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 25/07/2024
NORMA TÉCNICA ECUATORIANA NTE INEN-ISO/IEC 27014 – GOBERNANZA DE SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN
Extracto: Aprueba y oficializa con carácter de voluntaria la Segunda Edición de la Norma Técnica Ecuatoriana NTE INEN-ISO/IEC 27014, Seguridad de la información, ciberseguridad y protección de la privacidad - Gobernanza de Seguridad de la Información, la cual proporciona orientación sobre conceptos, objetivos y procesos para la gobernanza de seguridad de la información, mediante los cuales las organizaciones pueden valorar, dirigir, monitorear y comunicar los procesos relacionados con la seguridad de la información dentro de la organización.
Número: Resolución No. MPCEIP-SC-2024-0232-R
Proponente:
Emisor: MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, COMERCIO EXTERIOR, INVERSIONES Y PESCA
Número de Registro Oficial: Primer Suplemento Registro Oficial No. 602
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 02/07/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 17/07/2024
CARÁCTER DE RESERVADO DE LOS ANÁLISIS Y REPORTES MANEJADOS POR LA UAFE
Extracto: Enfatiza que la información que recibe, produce durante sus análisis, o se remite desde la Unidad de Análisis Financiero y Económico es reservada, según las disposiciones de los arts. 12 y 15 de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento de Delitos y el artículo 25 de su Reglamento General, destacando que la calificación legal de reserva precisamente obedece a la naturaleza de la información y la incidencia que un posible mal uso de ésta podría ocasionar tanto a la seguridad nacional como a la gestión procesal que ejecutan los operadores de justicia, la Fiscalía General y la Procuraduría General del Estado.
Número: Publicación Web
Proponente:
Emisor: UNIDAD DE ANÁLISIS FINANCIERO Y ECONÓMICO (UAFE)
Número de Registro Oficial:
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 10/07/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año):

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