
COMPENDIO

SUSPENDE EL CÓMPUTO DE LOS TÉRMINOS Y PLAZOS EN PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS SUSTANCIADOS EN LA SUPERINTENDENCIA DE COMPETENCIA ECONÓMICA
Extracto: Suspende el cómputo de términos y plazos el día 31 de octubre del 2024, tanto para los operadores económicos y ciudadanos, así como para la administración, dentro de los procedimientos administrativos y procedimientos administrativos sancionadores, que se tramitan y sustancian en la Superintendencia de Competencia Económica. Esto en atención a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo No. 438.
Número: Resolución No. SCE-DS-2024-55
Proponente:
Emisor: Superintendencia de Competencia Económica
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 690
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 30/10/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 25/11/2024
REFORMA LA NORMA PARA LA EMISIÓN, ENTREGA Y TRANSMISIÓN DE COMPROBANTES DE VENTA, RETENCIÓN Y DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS
Extracto: Amplía el plazo para que los sujetos pasivos que emitan comprobantes electrónicos, los transmitan a la Administración Tributaria en el momento mismo de realizarse la generación del comprobante electrónico, o hasta dentro de un máximo de 4 cuatro días hábiles de haberse generado el mismo. Adicionalmente, establece que mientras dure la emergencia del sector eléctrico nacional, los contribuyentes por motivos de fuerza mayor o caso fortuito podrán emitir comprobantes de venta o notas de débito bajo la modalidad preimpresa hasta el 5% del total de comprobantes emitidos en el ejercicio fiscal anual anterior.
Número: Resolución No. NAC-DGERCGC24-00000035
Proponente:
Emisor: Servicio de Rentas Internas
Número de Registro Oficial: Sexto Suplemento Registro Oficial No. 676
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 30/10/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 05/11/2024
MEDIDAS DE ALIVIO ECONÓMICO, COMPENSACIONES Y DIFERIMIENTO DE OBLIGACIONES FRENTE A LA CRISIS ENERGÉTICA
Extracto: Establece que las entidades que conforman los sectores financieros público, privado y popular y solidario, podrán establecer programas de diferimiento extraordinario y temporal de las obligaciones financieras de sus clientes por hasta 90 días, cuyas cuotas diferidas podrán trasladarse al final de la tabla de amortización, sin causar intereses moratorios, gastos, recargos ni multas, así como que la medida deberá ser aplicada por solicitud de los clientes o por iniciativa directa de la entidad financiera, siempre que cuente con la aceptación expresa del deudor. Además, determina que las entidades podrán establecer programas de acuerdos de pago con sus clientes con la finalidad de instrumentar reestructuraciones y refinanciamientos de créditos.
Número: Decreto Ejecutivo No. 444
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: Quinto Suplemento Registro Oficial No. 681
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 05/11/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 12/11/2024
REFORMA LA NORMA DEL MECANISMO EXTRAORDINARIO Y TEMPORAL DE ALIVIO FINANCIERO
Extracto: Amplía el plazo para refinanciar o reestructurar las operaciones de crédito que presenten saldos vencidos entre el 10 de agosto de 2023 y 31 de octubre de 2024, previo acuerdo con el deudor y por solicitud de éste. Adicionalmente, incorpora una disposición referente al diferimiento temporal y extraordinario de operaciones de crédito, proceso mediante el cual se aplazan hasta por 90 días el pago de las cuotas por vencer de operaciones vigentes al 30 de septiembre de 2024 o al momento de la instrumentación del mecanismo, cuyas cuotas diferidas se podrán trasladar al final de la tabla de amortización, y las entidades podrán determinar el cobro o no de los intereses de las cuotas diferidas. El mecanismo de diferimiento podrá ser aplicado hasta el 31 de marzo de 2025.
Número: Resolución No. JPRF-F-2024-0123
Proponente:
Emisor: JUNTA DE POLÍTICA Y REGULACIÓN FINANCIERA
Número de Registro Oficial: Registro Oficial No. 690
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 05/11/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 25/11/2024
LEY ORGÁNICA PARA IMPULSAR LA INICIATIVA PRIVADA EN LA GENERACIÓN DE ENERGÍAS – ECONÓMICO URGENTE
Extracto: La Ley Orgánica para Impulsar la Iniciativa Privada en la Generación de Energías entró en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial. Contempla, entre otras disposiciones, una disposición general por la cual la banca pública y privada, dentro de su oferta de productos financieros, podrá incorporar créditos con tasas preferenciales destinados a personas naturales y jurídicas del sector privado que deseen implementar sistemas de generación de energía a partir de fuentes renovables para autoconsumo. No se incluyeron disposiciones a la Junta de Política y Regulación Financiera para que regule dichas líneas de crédito.
Número:
Proponente:
Emisor: Presidencia de la República
Número de Registro Oficial: Octavo Suplemento Registro Oficial No. 673
Fecha de expedición del documento (dia/mes/año): 27/10/2024
Fecha de publicación en Registro Oficial (dia/mes/año): 28/10/2024

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